Clausuran el «bungee jumping» en el Catedral
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Después de más de dos años de funcionamiento y unos 12.000 saltos efectuados sin consecuencias, la Secretaría de Turismo de la provincia ordenó la clausura del «bungee jumping», una grúa ubicada en la base del cerro Catedral que permite a los atrevidos saltar desde 50 metros de altura, con un arnés y una cuerda elástica sujeta a los miembros inferiores.
Las autoridades argumentan que la actividad «no está habilitada» porque no reúne las condiciones de seguridad, y presentaron una denuncia penal contra la empresa por la violación reiterada de las fajas de clausura impuestas.
El empresario, en cambio, considera que las razones expuestas en la disposición carecen de consistencia técnica, y presume que la provincia se niega a habilitarlo «porque a alguien le molesta, y no es cierto que produzca polución visual».
El conflicto se hizo público porque los funcionarios de Turismo denunciaron al propietario de la grúa, Diego Cicala, por destruir las fajas de clausura que le habían impuesto a la actividad. En principio, las autoridades policiales labraron un acta de contravención en base al artículo 65 de la ley 532, relativa a la seguridad pública, prevista para el que dañe o haga ilegibles avisos o carteles fijados por la autoridad. Luego, los funcionarios provinciales apelaron a la figura de «daño», por analogía, y el juez de Paz se habría declarado incompetente, porque en ese caso estaría ante la posible comisión de un delito doloso.
El último 10 de abril, al momento de disponer la clausura de la actividad, la directora de Servicios Turísticos, Liliana Timón, atendió a los informes que abonan el expediente de habilitación de la actividad y concluyó en que «la documentación técnica presentada no permite se análisis respecto de su aprobación, admisibilidad, factibilidad y seguridad». Afirma en su escrito que la presentación adolece de requisitos básicos y que no consta que se hayan cumplimentado las recomendaciones del fabricante en cuanto a montaje y operación de la grúa. La disposición, por último, impuso un derecho de construcción de 5 mil pesos al solicitante, una multa de 500 pesos al profesional que instaló la grúa, y ordenó su demolición en un plazo de 10 días. Ante «Río Negro», la misma funcionaria informó que había sido rechazado el recurso de reconsideración de Cicala, «porque la actividad no reúne las condiciones en ese espacio».
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