Los adolescentes y la ley civil

Historia 1: el médico psiquiatra de B. (16 años) le indicó que debía comenzar un tratamiento con cierta medicación. B. se negó. Los padres le dijeron que era por su bien y que él aún no tenía edad para tomar algunas decisiones. B. buscó la información en Internet. Así fue como los padres se enteraron de que su hijo tenía derecho a decidir sobre su salud y los tratamientos a realizar.

Historia 2: F. (15 años) informó a su madre que deseaba hacer una consulta para acceder a un método anticonceptivo. La madre le solicitó que aplazaran el tema hasta ser mayor. F. le explicó que era un derecho para el cual no precisaba de su permiso.

Historia 3: L. (17 años) había ahorrado dinero para realizarse una cirugía estética que sus padres desaprobaban. Sus padres le explicaron la diferencia entre cirugía estética reparadora, a la que tenía derecho sin consentimiento, y cirugía estética no reparadora, como era el caso, para la cual debía esperar a cumplir la mayoría de edad, los 18.

Por supuesto que no hace falta tener a mano el Código Civil y Comercial si uno está a cargo de adolescentes, pero en este deporte de alto riesgo que es convivir con ellos a veces surgen temas que nos obligan a enterarnos de lo que dicen las leyes. Para contener en ciertos momentos y para dar libertad en otros.

El artículo 26 del Código Civil y Comercial, “Ejercicio de los derechos por la persona menor de edad” ofrece pautas para comprender de qué hablamos cuando hablamos de derechos. Para ello hay que diferenciar entre dos conceptos: por un lado la capacidad de derecho que posee toda persona sin importar su edad. Por el otro, la posibilidad de ejercer por uno mismo esos derechos y deberes. Esto último se adquiere en forma progresiva, según edad y grado de madurez de la persona. Por este motivo los chicos y chicas de entre 13 y 16 años no poseen las mismas capacidades de ejercicio que quienes tienen entre 16 y 18 años.

Entonces… ¿cuándo siguen necesitando nuestros hijos nuestro permiso y cuándo no? Ya desde los 13 años los adolescentes pueden ir solos al médico, hacerse estudios no invasivos como ecografías, radiografías y análisis de sangre con su sola aprobación. En los casos en que médicos o consultorios exigen la presencia de un adulto, lo hacen para cubrirse ellos, pero por ley ya no es necesario. A partir de los 16, en cambio, pueden hacerse tatuajes y piercings sin permiso paterno, así como cirugías estéticas reparadoras y donar sangre. En caso de decisiones que comprometan su salud, ahí sí los padres deben dar su autorización.

¿Y qué sucede si hay conflicto entre lo que quiere el joven y lo que aceptan o no los padres? La ley dice, textualmente: “en situaciones de conflicto de intereses con sus representantes legales, (los menores) puede intervenir con asistencia letrada”. O sea, se arma. Porque ninguna familia sale indemne a un juicio. Ese sería el último paso, el fracaso frente a la escucha, la comprensión.

Antecedentes

El artículo 26 del CCyC cita algunos precedentes en los que se reconocieron los derechos de los menores de edad.

Entre ellos: la admisión de ejercicio de derechos sexuales independientemente de la autoridad de sus padres; la continuación de embarazo adolescente; la autorización de intervención quirúrgica de readecuación sexual y registral peticionada por un adolescente y el cese de intervenciones distanásicas.

Otro asunto que la ley tiene en cuenta es el matrimonio. ¿Pueden irse de casa y casarse nuestros hijos, como en la hermosa película “Melody” que tanto hizo lagrimear a una generación?

Entre los 16 y los 18 años los chicos necesitan de la autorización de padres o tutores para dar el sí. Con menos de 16 se tendrá que sumar a la fiesta un juez. La música de los Bee Gees, en cambio, va gratis.

Y si, como en otra película bella, “Adiós, cigüeña, adiós”, llega el hijo fuera del matrimonio, hay que saber que los adolescentes de entre 13 y 18 años poseen la patria potestad sobre su descendencia y pueden tomar decisiones referentes al cuidado, salud y educación de los mismos.

Pero hay un límite: las decisiones de las madres y los padres adolescentes que tengan que ver con la vida de ese hijo, como darlo en adopción o una intervención quirúrgica, deberá contar con la autorización de los padres (los abuelos de ese bebé) o de un juez.

Como madre a mí me tocó un par de veces buscar la ley, una vez porque me era imposible acompañar a mi hijo de 16 a hacerse unas radiografías y temía que no lo atendieran si se presentaba por su cuenta. La otra para confirmar que se había bajado la mayoría de edad de los 21 a los 18 años. Y brindar con una sensación inmensa de libertad cuando el mayor los cumplió. Ahora, muchacho, estás a cargo de tu vida.

No hace falta tener a mano el Código Civil, pero en este deporte de alto riesgo que es convivir con adolescentes surgen temas que nos obligan a enterarnos de lo legal.

Datos

No hace falta tener a mano el Código Civil, pero en este deporte de alto riesgo que es convivir con adolescentes surgen temas que nos obligan a enterarnos de lo legal.

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios