Condena por un homicidio «trágico y absurdo»
Fue el asesinato de un vecino de Centenario. No aceptaron la borrachera como excusa.
NEUQUÉN (AN)- La justicia calificó el hecho de «tan trágico como absurdo pero para nada inusual». Se trata del asesinato de un vecino de Centenario durante el festejo por la llegada del año nuevo, luego de una discusión sin sentido. Ayer el autor del crimen, Néstor Peralta (38) fue condenado a 8 años de prisión por «homicidio simple».
El fallo unánime fue dictado por la Cámara Criminal Segunda, con el voto principal de Emilio Castro y la adhesión de José Andrada y Richard Trincheri (subrogante).
Hace apenas 15 días este mismo tribunal debió fallar en otra muerte absurda: la de un joven que apuñaló a su amigo, molesto porque lo cargaban por el resultado de un River-Boca.
El hecho llevado a juicio ocurrió a la 1 de la mañana del 1 de enero pasado en Centenario, y la víctima fue identificada como Pedro Astete, de 38 años.
Según el fallo conocido
ayer, Peralta y Astete (que apenas se conocían) coincidieron en la casa de Carlos Pérez para celebrar la llegada del nuevo año. Un hijo de Astete de corta edad llamó «cabezón» al hijo de Pérez. Peralta lo retó, Astete le dijo que no se meta con su hijo, y empezaron a pelear a las trompadas.
Los dueños de casa prácticamente los echaron, y una vez afuera retomaron la pelea. En esas circunstancias Peralta apuñaló a Astete con un cuchillo de 23 centímetros de hoja (que tiene grabadas sus iniciales en el mango) y le causó la muerte.
En su defensa, el imputado dijo que no recordaba el hecho, que tiene problemas con el alcohol y que el 31 de
diciembre había bebido cerveza todo el día. También pidió disculpas a la familia de la víctima y a la suya propia.
Los psiquiatras forenses que lo examinaron coincidieron en que al momento del crimen se encontraba en un estado de «ebriedad voluntaria simple e incompleta, que no le impedía comprender lo que hacía y dirigir sus acciones».
El juez Castro remarcó en su voto que «no es el alcohol el que mata o pelea, sino el hombre que lo bebe. No todos reaccionan igual. De modo que debe haber una personalidad de base agresiva, violenta, en el agente, para que el alcohol colabore liberando esos impulsos letales. El acto no es del tóxico, es del hombre».
Añadió en el mismo sentido que «el acto del acusado no fue causado por el alcohol que, a lo sumo, lo facilitó, sino por la propia personalidad de éste, que aun sobrio era de reaccionar mal, que tenía una personalidad agresiva de base, como dice el psicólogo».
Al momento de fijarle la pena, consideró el magistrado: «es dudoso si la ebriedad debe considerarse un atenuante o un agravante. Es claro que disminuye las posibilidades de controlarse, facilita el acto violento, en una personalidad violenta. Pero el tema pasa por considerar al hombre como una mera entidad biológica (…) o moral, normativa. El alcoholismo, ¿es una enfermedad o es un vicio? No podemos tirar la moral por la ventana so pretexto de consideraciones pseudo médicas. Alcoholismo montado sobre una personalidad violenta hacen un ser no sólo peligroso, sino socialmente reprochable; moralmente reprochable».
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