Condenados por obligar a un contraventor a practicar sexo oral

ROCA (AR).- Dos personas que se encontraban detenidas en la Comisaría Tercera de esta ciudad, y que en junio del año pasado fueron denunciadas por un contraventor de haber sido obligado a practicarle sexo oral, fueron condenadas a prisión efectiva, mientras que un menor de edad, que también estaba siendo juzgado, fue absuelto.

La sentencia se leyó ayer en la Cámara Tercera del Crimen, y los condenados fueron Juan Octavio Godoy y Pablo Riquelme.

Al primero de ellos lo sentenciaron a ocho años de prisión, al ser considerado coautor de coacción, robo (la víctima denunció que le sacaron cigarrillos) y violación sin acceso carnal.

Para Riquelme la pena fue de dos años y medio de prisión efectiva, al ser considerado por la Justicia como coautor de coacción. Sin embargo, la pena se le unificó en tres años de prisión efectiva porque tenía una condena anterior.

Ambos se encuentran alojados en la alcaidía de Roca.

La semana pasada, Godoy había iniciado una protesta por la forma en que fue tratado el tema en algunos medios regionales. Y para ello decidió coserse la boca, por lo que inició una huelga de hambre, aunque ingería líquidos.

Ante esta medida de protesta, el interno -según se informó desde la alcaidía roquense- fue controlado por médicos, para evitar un agravamiento de su salud.

En la jornada del jueves, el defensor Julio Romero pidió la nulidad de lo actuado, porque a su juicio se incorporó una prueba en pleno debate, que debería haberse sumado a la causa durante la instrucción. El planteo fue precisamente contra la presentación de la partida de nacimiento de la víctima, para corroborar que la mujer que realizó la denuncia era la madre del joven detenido por ebriedad.

La nulidad la pidió, porque a su juicio, si eso no estaba en la causa, por tratarse de un delito de instancia privada no se puede actuar de oficio.

Sin embargo, los camaristas consideraron que la incorporación de dicha partida de nacimiento era legítima, al argumentar que no se trataba de una prueba, sino de una ratificación de los dichos de la madre de la víctima.


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