Condenaron a 15 años de prisión por matar a su empleador
El hecho ocurrió hace cuatro años en Arroyo Ventana, cuando Perdomo murió por el disparo que recibió de su ex empleado mientras plantaba papas.
JUSTICIA
A 15 años de prisión fue condenado René Alejandro Sánchez de 22 años por “robo en despoblado, homicidio agravado por el uso de arma de fuego concursado realmente con robo en despoblado”. El hecho ocurrió en Arroyo Ventana hace cuatro años.
Amado Perdomo murió el 12 de octubre de 2012 a causa de las secuelas provocadas por el disparo que recibió el 15 de setiembre de ese año gatillado por el imputado, mientras la víctima plantaba papas en una huerta de su campo ubicado a unos 65 kilómetros de Sierra Grande.
El arma utilizada había sido sustraída dos días antes al hecho en un campo del paraje Arroyo Ventana. También se le imputó a Sánchez apoderarse ilegítimamente de elementos de la víctima luego que éste herido se marchara del lugar en su camioneta y en busca de ayuda.
Para el Tribunal integrado por Daniela Zágari, Sandra Filipuzzi y Eduardo Roumec “no han quedado dudas sobre la autoría material de los hechos que se le endilgan a Sánchez”, quien fue empleado en el campo de la víctima conocido como “El Porvenir” en Arroyo Ventana. En el fallo se aclaró que la calificación de “despoblado” implica un lugar donde la víctima tiene grandes dificultades para proveerse del auxilio de terceros, en sectores fuera de ciudades o pueblos tal como se dio en este hecho.
En tanto los jueces no coincidieron con el delito agravado con alevosía alegato por el Fiscal de Cámara, Hernán Trejo y por la querella representada por Argentino Hermosa, por el cual ambos pidieron prisión perpetua para Sánchez. Trejo consideró probado que el imputado acechó, se ocultó toda la noche y así preparó el estado de indefensión de la víctima actuando sobre seguro.
Sostuvieron que “es palmario que Sánchez tuvo la intención de matar, pero en modo alguno, del plexo probatorio ponderado para acreditar el hecho, se desprende en forma certera que haya tomado recaudos para obrar sobre seguro”.
Concluyeron que “lo único certeramente probado es que Sánchez disparó con un arma de fuego contra la víctima hiriéndolo de modo idóneo para provocarle la muerte. Inmediatamente después y cuando Perdomo se retiró del establecimiento aprovechó esa situación y se apoderó ilegítimamente de bienes de propiedad de aquel, bienes de características peculiares algunos de ellos, dejando en el lugar otros elementos valiosos que se encontraban a su alcance. Perdomo se encontraba solo, sembrando papas en su establecimiento rural, estuvo indefenso en la ocasión, y el agresor actuó sin riesgo en dicha oportunidad”.
En cuanto al monto de la pena impuesta se tuvo en cuenta que carece de antecedentes penales computables, además de ser considerado como atenuante su juventud, su condición socio-económica, su grado de instrucción y que por tratarse de una persona joven cuenta con potencial para reinsertarse socialmente.
DeViedma
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