Confirman procesamiento por el crimen del abogado Castillo
La cámara desestimó la apelación de la defensa de Néstor Quintero
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB)- La Cámara Segunda del Crimen rechazó el recurso de apelación que presentó la defensora oficial Mónica Rosatti en favor de Néstor Quintero, y confirmó el procesamiento y la prisión preventiva que le dictó el juez Miguel Ángel Gaimaro Pozzi como presunto autor del homicidio del abogado Carlos Castillo. En su presentación la letrada expresó agravios por la decisión del magistrado de procesar a su asistido antes de escucharlo, y ofreció pruebas y testigos para contradecir el cargo que le atribuyen. Destacó puntuales contradicciones y un probable interés en perjudicar a Quintero entre los testigos de cargo, y criticó que “las graves inexactitudes” en las que incurrió una testigo sean utilizadas por el juez de Instrucción “para justificar la atribución de un homicidio”, con “un denodado esfuerzo de imaginación”. La defensora oficial denunció también “el modo en que se ignora la prueba que desincrimina a Quintero”, e hizo reserva del caso Federal e Internacional por negarle el juez de Instrucción la excarcelación al imputado. La causa se originó a las 21:30 del 5 de junio de 2010 en la despensa de Nilda Paletta, ubicada en la calle Pudú Pudú 282 del barrio El Milagro, cerca de Dina Huapi, cuando un individuo armado que ocultaba su rostro con un pasamontañas tomó de los cabellos a la mujer y la empujó hacia el suelo con la intención de asaltarla. Disparo en la cabeza Los gritos de la víctima atrajeron a su hijo, el empleado judicial y flamante abogado Carlos Castillo, quien al intentar perseguir al asaltante recibió un disparo que impactó en su cabeza y le produjo las lesiones que ocasionaron su muerte tres días después. El tribunal, en su fallo, rechazó que Quintero no haya podido expresarse en la causa, toda vez que fue indagado por el magistrado y negó la autoría del hecho atribuido, y recordó que para el instructor “el marco general de la prueba testimonial confirma la autoría del imputado”. Consigna el fallo que en ese aspecto Gaimaro Pozzi destacó que “la variada y múltiple prueba testimonial receptada” sindica a Quintero como autor del hecho, y en respuesta a otra objeción, la Cámara Segunda consideró que las diferencias en los testimonios no tenían entidad significativa como para considerarlos contradictorios.
Los jueces rechazaron los argumentos defensivos de Quintero.
Atchivo
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