No más papelerío secreto

La reforma procesal penal trae consigo el fin de los expedientes reservados y del secreto de sumario. Sólo se permitirá la reserva de las actuaciones cuando lo autorice el juez, fundado en la intimidad o el riesgo personal de los involucrados o en el “perjuicio grave” que pudiera causar la revelación de un secreto oficial, profesional o comercial. También implica el fin de los expedientes con miles de fojas. A partir del cambio todos los actos importantes se registrarán en formato de audio y video y se realizarán en audiencias orales y públicas, de las cuales sólo quedará un acta labrada como constancia adjunta a la grabación. Y esas grabaciones serán públicas. La oralidad y la publicidad llegan con la inmediatez de las resoluciones. Se establece que “las decisiones judiciales y sentencias que sucedan a una audiencia oral serán deliberadas, votadas y pronunciadas inmediatamente en la misma audiencia”, salvo casos especialmente complejos. La incorporación de las nuevas tecnologías al código también permite las notificaciones electrónicas (con firma digital) de las órdenes de allanamiento y registros que lo demanden.


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