Declaran inconstitucionales indultos de Menem

Fueron concedidos a seis generales de la dictadura.

La Cámara Federal declaró ayer inconstitucionales los indultos con que el ex presidente Carlos Menem benefició a los altos jefes de la última dictadura militar, con lo que allanó el camino para someter a juicio oral a tres de ellos en la «megacausa» conocida como Primer Cuerpo del Ejército.

En 23 párrafos en los que por primera vez un tribunal de apelaciones invalidó los indultos, los camaristas de la sala I Gabriel Cavallo y Horacio Vigliani afirmaron que los crímenes en el Primer Cuerpo del Ejército «fueron llevados a cabo en el contexto del sistema clandestino de represión» de la dictadura militar «que usurpó el poder entre 1976 y 1983». Estos delitos «no son susceptibles de ser indultados ni amnistiados», según la resolución, que abarcó a los generales retirados Carlos Suárez Mason, Juan Bautista Sasiaiñ y Jorge Olivera Rovere y a los ya fallecidos José Montes, Andrés Ferrero y Adolfo Sigwald.

Además, advirtió que se trata de «crímenes de lesa humanidad» cometidos en el Primer Cuerpo del Ejército durante la dictadura y que «significaron el sometimiento de la vida, honor y fortunas de los argentinos» a ese gobierno o a alguna de las personas que lo conformaron.

Sobre la base de tratados internacionales que exigen investigar estos crímenes, para los camaristas que firmaron ayer la resolución «resulta evidente» que los decretos firmados por Menem -el 1002/89 y 2746/90- incumplieron con compromisos asumidos por el país.

Los indultos impidieron «la persecución y sanción a los responsables de esos delitos», escribieron los camaristas.

Suárez Mason, Sasiaiñ y Olivera Rovere están procesados con prisión preventiva, aunque beneficiados con arresto domiciliario por su edad, en la reabierta «megacausa» por violaciones a los derechos humanos en el Primer Cuerpo del Ejército, que será elevada a juicio oral en los próximos meses.

Pese a que se descuenta que sus defensas apelarán la resolución y el caso irá a Casación penal y podría llegar a la Corte Suprema, el juez del caso, Daniel Rafecas, analizará si pese a ello está en condiciones de enviarlos a juicio oral, adelantaron fuentes judiciales.

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia de Rodolfo Canicoba Corral, el primer juez de instrucción que declaró inválidos los indultos.

Los camaristas acotaro que el artículo 29 de la Constitución Nacional sanciona con nulidad «aquellos actos que constituyan una concentración de funciones y un avasallamiento de las garantías individuales que la ley fundamental establece».

Además, remarcaron la existencia de un «interés común» de la comunidad internacional en «la prohibición, juzgamiento y sanción» de los crímenes de lesa humanidad y la obligación de perseguir penalmente a sus autores.

Los camaristas recordaron que luego de la reforma constitucional de 1994, los tratados internacionales a los que adhirió Argentina -como el pacto de San José de Costa Rica- «tienen jerarquía superior a las leyes» locales. Al apelar la decisión de Canicoba Corral, la defensa de Suárez Mason había expuesto que esos pactos tuvieron vigencia en Argentina con posterioridad a la dictadura, pero Vigliani y Cavallo indicaron que el Estado se encontraba por entonces «imposibilitado de actuar contra la validez de los indultos».

(Télam/DyN)


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