Detectan 150 loteos que no pagaron impuestos

Intimaron a abonar Sellos e Ingresos Brutos a unos 30 propietarios.

En Río Negro detectaron unos 150 loteos que fueron comercializados pero no pagaron impuestos. Este relevamiento se extiende en un plazo de cinco años, inicialmente la Agencia de Recaudación se concentró en las irregularidades del Alto Valle, Valle Medio y la zona atlántica. Una treintena de propietarios ya fueron intimados al pago impositivo de Sellos por los contratos de venta de los lotes y las obligaciones provinciales por Ingresos Brutos. Un cruzamiento de registros de planos autorizados por parte de Catastro y de los municipios permitió detectar a unos 150 propietarios de loteos en zonas urbanas o en suburbanas, algunos ya transformadas en barrios privados. El informe tributario está centrado en los predios que originaron más de 10 lotes. Un 70% se detectó en el Alto Valle y Valle Medio mientras el resto figura en la zona Atlántica, especialmente Las Grutas y Viedma. El registro de Bariloche aún no está incorporado. Ayer, el organismo impositivo, que conduce Agustín Domingo, informó de la intimación de más de 30 propietarios de loteos, una docena en Viedma y el resto en el Alto Valle. La Agencia requirió su inscripción como contribuyentes de Ingresos Brutos, fijándole un plazo de regularización de 15 días y advirtiendo que su omisión derivaría en multas, que podrán alcanzar los 10.000 pesos. En principio, Rentas informó de la apertura de 20 fiscalizaciones a contribuyentes inscriptos que no declararon la actividad de loteos. Estimó que la suma evadida superaría los tres millones de pesos, considerando loteos detectados a partir del 2008. Aún así, la gerenta de Fiscalización Externa, Marcela Ávila admitió que la mayoría de los intimados se presentaron a las delegaciones para regularizar su situación, exponiendo su desconocimiento de esa obligación. Esta respuesta evidencia que su cumplimiento tributario nunca fue fiscalizado, aun cuando el gravamen sobre la comercialización de lotes está en vigencia desde hace años. Ventas gravadas La Agencia recordó que la “venta de lotes está gravada por el artículo 2 de la ley 1.301”. Se precisa que el “sujeto pasivo del impuesto es quien realiza el fraccionamiento y venta de los lotes”. La alícuota es del 3 por ciento del precio de venta y la obligación tributaria se origina con la firma del boleto, la posesión o escrituración. También se aclara que el compromiso impositivo se adelanta, si antes de aquellos actos, se realizan pagos de cuotas o entregas a cuenta del precio convenido. Se estima que con la profundización del relevamiento podrían ser muchos más los loteos que no tengan cumplimentado este requisito, de manera que una vez que se complete la provincia las cifras podrían variar. (AV)


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