Detectan cobros en más de una ventanilla estatal

Cruce de datos reveló incompatibilidades de funcionarios y agentes rionegrinos.

Función Pública envió a diferentes ministerios nóminas de funcionarios y agentes que habría detectado en incompatibilidad por recibir más de una remuneración del Estado. La información fue recogida a partir de un cruzamiento de datos provinciales con los registros de Anses. Luego de esa verificación, el secretario de la Función Pública, Omar Alfonso, informó a los organismos lo que consideraba una violación de la Ley de Ética Pública Nº 3550. La principal advertencia recayó en funcionarios de Seguridad, incluyendo a la secretaria Martha Arriola. El revuelo general derivó la discusión al propio despacho del ministro Alejandro Palmieri, pues la Función Pública depende de Economía. Las incompatibilidades advertidas en los estatales notificados se concentran en el cobro simultáneo de “más de un cargo o empleo público remunerado”, o en el “desempeño de toda actividad remunerada por el Estado”, incluyendo a las distintas jurisdicciones y modalidades de contratación. En realidad, este impedimento fue actualizado este año por parte de la Justicia, exigiendo declaraciones juradas a peritos y mediadores, los cuales expondrían su dual trato con el Estado y, consecuentemente, su exclusión. Recientemente el Poder Judicial remitió el debate a la Fiscalía de Estado, porque continúan los reclamos de aquellos prestadores de servicios. Ese órgano de control dictaminará en referencia a la interpretación de la incompatibilidad. La Función Pública no tenía dudas cuando derivó a los ministerios las decenas de casos de agentes, profesionales y algunos funcionarios que figuraban en las bases de Anses con actividades en otras provincias u organismos nacionales. En Gobierno y Salud estarían los listados más importantes de observados. Posiblemente, Alfonso ya no tenga igual determinación. Ayer, el ministro de Gobierno, Luis Di Giacomo, habló con “Río Negro” y desestimó la incompatibilidad de Arriola, asegurando que el descargo fue remitido a la Función Pública. “Se aclaró todo”, aseguró. La semana pasada Palmieri recibió a Di Giacomo en su despacho por esta situación. Una docena de incompatibilidades con el ejercicio de la función pública enumera el artículo 19 de la Ley 3.550, como ser “proveedores del Estado”, “recibir directa o indirectamente beneficios originados en contratos, concesiones o franquicias que celebre u otorgue la administración en el orden provincial o municipal”. El inciso I destaca la incompatibilidad al “desempeñarse al mismo tiempo en más de un cargo o empleo público remunerado, cualquiera sea su categoría, característica y la jurisdicción en que hubiera sido designado”. La excepción está en cargos docentes pero se advierte en referencia a los “límites” de la carga horaria. También se precisa la incompatibilidad del “desempeño de toda actividad remunerada por el Estado, sea provincial o municipal, con la percepción de cualquier tipo de beneficio previsional o haber de retiro, concedido en el orden nacional, provincial o municipal”. (AV)


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