Duhalde firmó el decreto y dio luz verde al tarifazo

Los incrementos en luz y gas oscilan entre un 7,2 y un 19%. Las subas, que rigen desde hoy, fueron autorizadas en forma transitoria hasta tanto concluya el proceso de renegociación.

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Luego de varias desmentidas de presiones por parte del FMI para que se ajusten las tarifas, el gobierno firmó el decreto que las autoriza
El presidente Duhalde firmó anoche el decreto por medio del cual se autoriza el aumento en las tarifas de servicios públicos de gas y energía eléctrica.

La norma establece un aumento promedio de 7,3% para el gas y que llega hasta 18% para la industria. Fija un alza de 11% en la electricidad de uso residencial y de hasta 16% en la industria.

Quedan excluidos de la suba de tarifas de luz y gas un 47% de los usuarios. Se debe a que están contemplados en la denominada tarifa social. Se trata de los que consumen menos de 500 metros cúbicos de gas anuales y aquellos que usan de luz menos de 300 kilovatios por bimestre.

Los aumentos comenzarán a regir hoy, con la publicación del decreto en el Boletín Oficial.

La suba de «carácter transitorio hasta que finalice el proceso de renegociación», había sido firmada en diciembre y luego frenada por la Justicia.

El complejo decreto, poblado de cuadros tarifarios de acuerdo a los distintos usos y consumos, dificulta establecer el monto de los aumentos que el Gobierno anticipó de 7,2 % para el gas y del 9% para la energía eléctrica.

Fuentes de la Secretaría de Energía precisaron que «el texto es el mismo del decreto 2437/02» redactado a comienzos de diciembre por el Gobierno, y que fuera luego frenado por la Justicia. «El texto es exactamente el mismo, porque la orden de Gobierno fue no se cambia ni siquiera una coma», agregó.

El nuevo decreto -que lleva el número 146- generó resistencia en algunos ámbitos de la Casa de Gobierno para su firma, está rubricado además por Atanasof y el ministro de Economía, Roberto Lavagna.

Pero el Gobierno debió apelar a la suba, ya que la misma fue planteada como un requisito indispensable por el Fondo Monetario Internacional (FMI) a la hora de sellar un acuerdo.

Sin embargo, la suba fue considerada mínima por el FMI, que reclamó mayores alzas dentro de un futuro inmediato de hasta el 50%, pese a que el gobierno desmintiera presiones en tal sentido.

Entre los fundamentos del decreto se fija que «distintos concesionarios de servicios públicos han planteado la necesidad de adecuar las tarifas de los servicios a su cargo a efectos de mantener su prestación en niveles adecuados e calidad y seguridad.

El precio de los servicios debe cubrir razonablemente los costos económicos del concesionario, sin perder de vista el interés de los usuarios a un mejor servicio al menor precios y el del concesionario, que se verifica en su ánimo de lucro», se agrega.

Los artículos de la norma

En su artículo primero, la norma puntualiza que los incrementos se autorizan «en forma transitoria y hasta tanto concluya el proceso de renegociación de contratos» con las empresas de servicios públicos. Entre los fundamentos de la norma se establece que los derechos de los consumidores y usuarios «se verían seriamente afectados de no reconocerse dentro del marco de la renegociación contractual prevista por la ley 25.561 -de Emergencia Económica- un incremento tarifario de índole transitoria a efectos de asegurar la prestación de los servicios públicos en condiciones de seguridad y confiabilidad».

El artículo 2 establece que «las tarifas readecuadas quedan comprendidas en el Proceso de Renegociación dispuesto por la ley 25.561 y deberán ser tomadas en consideración al momento de finalización de dicho proceso» de actualización de las tarifas de servicios públicos. Los otros tres artículos dispositivos son de forma.

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