Fueron condenados a 18 años de prisión por el crimen del lavadero

No hubo dudas para los jueces en relación a que los dos imputados ingresaron al lavadero con fines de robo y luego causándole la muerte a Ángel Ríos.

A 18 años de prisión fueron condenados los dos imputados por el crimen de Ángel Ríos ocurrido en la madrugada el 26 de junio de 2014, en un lavadaero de autos de Viedma.

Gonzalo Ezequiel Pérez de 22 años y Exequiel Agustín Juárez de 23 fueron considerados coautores del delito de “homicidio en ocasión de robo agravado por el uso de armas”.

Analizadas las pruebas y testimonios escuchados en el juicio para el Tribunal integrado por Daniela Zágari, María Luján Ignazi y Gustavo Guerra Labayén no quedaron dudas en relación a que los dos imputados ingresaron al lavadero con fines de robo disparando contra Ríos causándole la muerte.

“A tal fin Pérez y Juárez concurrieron al comercio a bordo de un Ford K que estacionaron en inmediaciones descendiendo del vehículo, portando Pérez el arma de fuego hallada luego en el interior del vehículo”, sostuvo la jueza Zágari en su voto al que adhirieron los otros dos camaristas. Agregó que “una vez en el exterior del comercio abordaron a Ángel Ríos, quien, en resistencia del accionar de los incoados les manifestó , ocasión en la que Pérez le disparó ocasionando su muerte”.

El Tribunal no coincidió con lo alegado por el Fiscal de Cámara, Fabricio Brogna, en relación a que fue Juárez quien disparó el arma “aún cuando ello no incidirá respecto de la coautoría enrostrada a ambos acusados”.

Para los jueces quedó demostrado que “quien portó y empleó el arma de fuego fue Pérez dando acabada cuenta de ello las pruebas, particularmente, el resultado del reconocimiento en rueda de personas realizado por el testigo Muñoz, coincidente con el hallazgo de restos de deflagración de pólvora en el puño derecho de la campera de Pérez, aspecto éste último fehacientemente acreditado a partir de las conclusiones del Laboratorio de Genética Forense y los testimonios de Catalán, Kostiti y Chandia Mieville en tanto detallan el relato que con amplitud y espontaneidad les brindara la menor Y.M”.

Esta joven al momento del hecho tenía 17 años y permaneció en el auto cuando los dos imputados descendieron en el lavadero y luego salieron a toda velocidad.

Tras considerar que ambos fueron coautores del homicidio, el fallo descartó la pretensión de Ángel Curzi en relación a que su pupilo Pérez fuera condenado por tentativa de homicidio, así como que a Juárez se lo responsabilizara de robo agravado en grado de tentativa, tal como lo solicitó la Defensora Oficial, Marta Ghianni.

“La actividad desplegada por ambos acusados claramente superó la mera intención de desapoderamiento, para ingresar al resultado muerte producido en ocasión de aquel”, concluyó la sentencia.


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