“El ánimo de cambiar”

El presidente del Partido Justicialista decidió que no se nominarán candidatos para comisionados de Fomento en vista de las elecciones convocadas para el 26 de noviembre. Previamente, instruyó a los apoderados de la fuerza para que impugnaran tanto el decreto de convocatoria como el que sólo habilita a los partidos políticos a nominar candidatos. Tanto en las impugnaciones presentadas por el PJ a la Justicia Electoral como en las manifestaciones públicas del Dr. Soria se ha sostenido que, tal como dice la ley 647, los comisionados son delegados del Poder Ejecutivo provincial. En tal sentido, la voluntad del legislador, evidenciada al reformar la ley, no fue otra que la de habilitar a los vecinos para que elijan, en forma directa, a quien va a ser designado por el gobernador. Esta designación, a cargo del jefe del Poder Ejecutivo, evidencia que no estamos frente a un nuevo cargo electivo. Un cargo electivo sería el corolario lógico de la reglamentación del artículo 241 de la Constitución provincial. Las apreciaciones vertidas en la nota de opinión publicada en este diario el 26 de septiembre, relativas a la complicidad judicial con el turbio e ilegal manejo de las normas electorales, compartidas por Soria, son motivo suficiente para no ser demasiado optimista acerca de la suerte de las impugnaciones. Y es allí donde Soria toma una determinación que da cuenta de su negativa a formar parte de un proceso ilegal. Así, dispuso que, cualquiera sea la resolución de la Justicia, el PJ no será cómplice de la puesta en marcha de un proceso claramente fraudulento. Se ha tomado una decisión que tiene por objeto: 1. No participar en actos que impliquen la violación de principios fundamentales que informan el Derecho Electoral, concretamente, los de claridad y buena fe. Como están planteadas las cosas, es muy probable que los pobladores de los parajes crean que están designando un representante cuando en realidad eligen a quien será un empleado del gobernador sin ninguna autonomía. 2. No ser cómplice de transgredir una norma (ley 647) que, lejos de crear un cargo electivo, intenta recortar la discrecionalidad del gobernador. En consecuencia: la decisión del presidente del PJ intenta resguardar el Estado de derecho, ése que –particularmente en el plano electoral– el partido gobernante poco respeta. Y no es poca cosa. Recuérdese, a modo de ejemplo, que quien hoy es intendente de General Roca ganó las elecciones cuando se estrenaba la ordenanza local que aprobaba los padrones por circuito. Esta modalidad, que permite a los vecinos votar en la escuela cercana a su domicilio, evitó el ya famoso acarreo, práctica muy aceitada por la UCR en la provincia. Fue también Soria, esta vez como intendente, quien en el 2005 dio inicio a la causa caratulada “Municipalidad de General Roca s/Subdivisión de Distrito Electoral”, que tramita ante el Juzgado Federal en Viedma. La pretensión es instalar el voto circuital para las elecciones provinciales. Esta causa está demorada porque la decisión depende de la colaboración de la provincia que, transcurridos cinco años, no ha llegado. No pueden olvidarse las impugnaciones que en el 2007 el PJ planteó, sin éxito, ante la Justicia Electoral provincial a las denominadas “listas colectoras”, claramente violatorias de los principios de transparencia y claridad electoral. En tal sentido, la decisión tomada lejos está de ser producto de un estado de ánimo. Es una decisión coherente con otras que se tomaron antes y que, al igual que aquéllas, traduce un intento de contener la voracidad de un gobierno que, transgrediendo normas y violentado principios, intenta poner las normas al servicio del poder. Se trata de recuperar la ética. El poder público, inexcusablemente, debe conducirse con ella. Así las cosas, una decisión que intenta poner un freno al poder y resguardar la seguridad jurídica y traduce una clara interdicción a la arbitrariedad nunca podría evidenciar falta de coraje. Por el contrario, coraje –que significa “impetuosa decisión y esfuerzo del ánimo, valor”– es llevar adelante una empresa ambiciosa cuyo objetivo sea desterrar de nuestra provincia prácticas electorales lacerantes, fundadas generalmente en una verdadera maraña normativa alejada de los principios del derecho. La hiperactividad normativa del Estado provincial en materia electoral evidencia una grave finalidad oculta: el divorcio de la ética y el Derecho. Dicho en otros términos, la huida del derecho de la ética. O, lo que es lo mismo, el advenimiento de un nuevo positivismo que desnaturaliza el sentido del derecho entregándolo a la arbitrariedad y a un poder sin límites que hoy pretende erigirse en la referencia y en la medida de las cosas. El camino emprendido busca restablecer la ética, lograr que los principios (hoy violados u olvidados cuando el gobierno fabrica normas) impidan la arbitrariedad del poder. Esta empresa tiene valor. Esta decisión implica un gran esfuerzo del ánimo. Pablo Bergonzi Abogado, docente en la UNC Roca

Pablo Bergonzi Abogado, docente en la UNC Roca


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios