La municipalidad deberá frenar los vertidos del caño que contamina el río

La jueza Alejandra Bozzano intimó a la municipalidad a que “cese el bombeo y vertidos de líquidos” de un caño que desagota en el brazo del Limay.

La jueza Alejandra Bozzano, emitió una resolución que obliga a la Municipalidad a frenar la actividad en el caño de desagüe que desemboca entre dos clubes ribereños.

La jueza a cargo del juzgado civil n°2, intervino sobre el amparo presentado por la Defensoría del Pueblo e intimó a la Municipalidad sobre el caño pluvial que desemboca en el “brazo de los clubes”. La jueza le ordenó al municipio capitalino a que “cese el bombeo y vertido de líquidos desde el pozo por medio del caño de desagüe”

“Es una decisión que consideramos positiva, porque es fruto un trabajo de hormiga que venimos realizando desde la Defensoría. Este amparo, responde a los que presentamos otros años que obligó al municipio a realizar obras” resaltó Ricardo Riva, defensor del pueblo, quien se mostró esperanzado en frenar la contaminación sobre los ríos.

El fallo determina que la Municipalidad “debe arbitrar los medios necesarios para impedir que el agua del pozo situado en la intersección de las calles Purmamarca y Olascoaga drene hacia el río Limay” y agrega que se debe “resolver el vertido de líquidos con el fin de preservar la salud de las personas y el medio ambiente”.


El defensor del Pueblo de la Ciudad de Neuquén Ricardo Riva, presentó un amparo colectivo ambiental para hacer cesar el vertido de líquidos, aguas servidas o contaminadas, hacia el brazo del río Limay, en una cañería ubicada en el límite entre los clubes Cepron e Italiano. El recurso es contra la municipalidad, el Ente Provincial de Agua y Saneamiento y la provincia.

En la presentación se consideraron las denuncias de vecinos, fotos, videos, en los que se observa el color oscuro del líquido en un lugar donde se realizan actividades recreativas. Se plantearon que no son aguas limpias o de lluvia “por lo que resulta muy probable que correspondan a descargas de conexiones cloacales clandestinas o algún otro tipo de efluentes contaminantes”.

El recurso tramita ante el juzgado civil N°2, a cargo de Alejandra Bozzano.

Riva afirmó que los hechos denunciados “ameritan la adopción de medidas urgentes” y que el vertido “ocasiona daños directos a los vecinos que utilizan la zona balnearia y lesiona derechos de incidencia colectiva de todos los habitantes de la ciudad, que fundamentan la legitimación activa de la Defensoría del Pueblo.”

El defensor solicitó que se convoque al municipio, al EPAS y la subsecretaría de Recursos Hídricos, autoridad de aplicación según el Código Provincial de Aguas, dadas las denuncias cruzadas sobre la responsabilidad en el hecho.

Riva señaló que “es indiscutible la obligación de la municipalidad para resguardar el ambiente y que se le puede reprochar la falta de ejercicio del poder de policía, por acción u omisión, por tratarse de una conexión pluvial que no descarga en óptimas condiciones. Agrega que en caso de detectarse conexiones clandestinas de efluentes cloacales el EPAS también tiene atribuciones para intervenir y sancionar a sus responsables.”

La bajante del Limay dejó en evidencia un caño que arroja líquidos al río a la altura de los clubes ribereños de calle Río Negro. Los vecinos denunciaron que de la tubería salía “espuma, agua de color oscuro y olor nauseabundo”.

El caño pertenece al sistema pluvial de la zona. Desde el municipio aseguraron que si arroja otros líquidos por la existencia de desbordes cloacales.

El Defensoría consideró que la Municipalidad tiene la obligación de utilizar su poder policial por tratarse de un pluvial que no descarga debidamente.

Datos

El Defensoría consideró que la Municipalidad tiene la obligación de utilizar su poder policial por tratarse de un pluvial que no descarga debidamente.

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