El caso Cariatore

En el caso del juez de Regina, Alberto Cariatore, el motivo de la auditoría fue el violento procedimiento que dispuso para la restitución a su padre de dos menores de edad que vivían con su madre y sus abuelos, atendiendo a un exhorto remitido por un juez de La Pampa. Por disposición del juez Cariatore, los niños -de 4 y 9 años- fueron secuestrados por la fuerza de casa de los abuelos en plena noche, por efectivos encapuchados del BORA dotados de armas largas. Esto lo ordenó sin dar participación a la Asesoría de Menores ni atender la recomendación de una psiquiatra que advertía sobre las consecuencias que podría acarrear a los niños.

En este caso el auditor Gustavo Martínez recomendó al Consejo de la Magistratura que juzgue a Cariatore en forma urgente por desconocimiento del derecho y mal desempeño de su cargo, no sólo en lo que respecta a cuestiones técnicas sino también por entender que actuó con manifiesto desprecio por toda sensibilidad humana y sin vocación de servicio público. En ese marco, recomendó su inmediata suspensión en el cargo y la determinación de si su conducta no constituye delito.

El hecho sucedió a principios de marzo, adquirió repercusión periodística y originó la indignación y queja de la comunidad de Regina. Tuvo como agravante que el padre de los niños tiene denuncias de violencia familiar y que el juez de La Pampa que emitió el exhorto tampoco actuó en forma correcta, puesto que lo hizo sin escuchar a la madre ni a los niños y tomando como único elemento una autorización para que el padre cobrara las asignaciones familiares ante el Anses. La madre, en cambio, tenía a su favor una tenencia de los menores legalmente emitida por un juez de Familia de Roca.

Entre las actitudes que se objetan del juez Cariatore se cuenta que, en principio, ideó un ardid para alejar a la madre de la casa -convocándola al Juzgado- mientras enviaba a su secretaria letrada a retirar a los menores, lo que no tuvo éxito debido a que el abuelo se negó a entregarlos.

Se cuestiona también el trato descortés que el juez habría tenido con la madre, su negativa a tomar en cuenta las evidencias que ella le presentaba, a escuchar a los niños e incluso a atender el consejo de la psiquiatra hospitalaria que él mismo convocó. En la investigación hay incluso un video en el que se muestra al niño frente al juez diciéndole que no quería ir con su padre, sin que éste lo atendiera, lo que se considera una grave falta a la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

Entre las objeciones al accionar del juez también se cuenta el hecho de que ordenó un allanamiento nocturno, un procedimiento tan excepcional que la Constitución provincial exige que se fundamente en forma inexcusable su necesidad, entendiendo que se reserva sólo a casos de delincuentes tan peligrosos o en riesgo de fugar, pero impensable en caso de menores.

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