El código de contravenciones preocupa a la Policía cipoleña
Ya no podrán detener a quien haga escándalo en la calle.
Agustín Martínez
Los policías dicen temer que la población los cuestione.
CIPOLLETTI (AC)- El nuevo código contravencional de la provincia de Río Negro ya entró en vigencia y la Policía de la ciudad se mostró preocupada por cómo va a impactar esta modificación en las calles cipoleñas. “Es una ciudad con mucha actividad nocturna y por la cercanía con Neuquén es necesario controlar a los jóvenes cuando salen de los boliches”, indicó un efectivo. Además, otros cuestionaron que limita su accionar y temen que la comunidad se queje por la falta de acción. La reforma suprimió varios artículos y ahora no se podrá, por ejemplo, demorar a quienes se encuentren ebrios o haciendo escándalo en la vía pública. Desde el 28 de junio que está vigente el nuevo Código de Faltas Contravencional sancionado por la Legislatura de la provincia. La vieja ley 532/69 violaba innumerables leyes internacionales y nacionales sobre el derecho de la libertad de opinión, asociación y protesta, según se argumenta en el nuevo texto aprobado por el Poder Legislativo de Río Negro. El problema radica, según los jefes policiales consultados, en que la nueva ley limita el accionar de los efectivos por lo que las modificaciones generan cierta preocupación. Entre los cambios más sustanciales se eliminaron algunos artículos y la policía ya no podrá demorar a aquellos que provoquen escándalos en la vía pública, a causa de la ingesta de alcohol, ni tampoco a quienes rayen las paredes con grafitis u obscenidades, reclamaron. Entre los considerandos que dieron origen a las modificaciones, los legisladores recordaron que en el viejo código “el capítulo III referente a las faltas relativas a la prevención de la decencia pública dotaba a la policía de facultades de sanción que deben ser exclusivas de los jueces”. La redacción –dijeron– “facilita la arbitrariedad del accionar policial fomentado prácticas que no son acordes al desempeño de sus funciones”. Además especificaron que “los capítulos III y algunos artículos del capítulo V son discriminatorios, ambiguos y/o anacrónicos”. Con estos fundamentos derogaron los Capítulos II (artículos 42 al 52), III (artículos 53 al 61) y los artículos 68 y 69 del capítulo V (Título III) del Código de faltas. De acuerdo con el nuevo texto, las fuerzas policiales ya no podrán demorar a “las personas que con palabras u actos torpes y obscenos ofendan la decencia pública, el que importune a otra persona en lugares públicos en forma ofensiva, el que escriba o dibuje frases y figuras obscenas y el que transite en estado escandaloso bajo los efectos de estupefacientes”. Los efectivos policiales se mostraron poco conformes con esta nueva legislación en materia de contravenciones. “Cuando los vecinos se quejen por los disturbios en la vía pública van a responsabilizar a la policía y nosotros ya no podemos demorar a nadie por esos motivos”, dijo un policía que presta servicios en la ciudad.
Comentarios