El exgobernador Saiz a juicio por “abuso de autoridad”
Se le imputa también “violación de los deberes de funcionario público” por no haber iniciado un sumario al exfuncionario de su gabinete Gabriel Savini por ocupar dos cargos.
JUDICIALES
El exgobernador de Río Negro, Miguel Saiz, deberá enfrentar un juicio oral y púlblico por “abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos”.
Esta causa fue iniciada luego que la exDefensora del Pueblo, Ana Piccinini, solicitara en mayo de 2010 ante el entonces gobernador Saiz la iniciación de un sumario para que se evaluara la presunta infracción a la Ley de Ética e Idoneidad en la Función Pública por parte de Gabriel Savini, en ese momento secretario de Estado Control de Gestión de Empresas Públicas, teniendo en cuenta que estaría incurriendo en las incompatibilidades previstas en aquella normativa y la Ley de Ministerios al desempeñarse en esa secretaria y a la vez en la presidencia del directorio de la Empresa de Desarrollo Hidrocarburífero Provincial Sociedad Anónima (EDHIPSA).
Saiz no hizo lugar a esa solicitud incumpliendo con su función y generando una denuncia penal que terminó con su procesamiento y ahora la elevación a juicio de la causa dispuesta por el juez penal de Viedma, Favio Igoldi.
En setiembre del año pasado el exgobernador de Río Negro fue procesado
por haber rehusado en forma ilegal de realizar un acto propio de su función al no hacer lugar a la promoción sumarial solicitada por la Defensora del Pueblo, incumpliendo con la obligación legal impuesta por la Ley Provincial 3550.
Igoldi fundamentó en el procesamiento que existiendo una denuncia fundada de la Defensora del Pueblo de Río Negro dirigida al entonces gobernador Saiz relacionada con presuntas infracciones a aquella norma de parte de un funcionario bajo su directa dependencia, “aquel debió indefectiblemente dar inicio a una prevención sumaria y comunicar dentro de esas 24 horas dicha circunstancias al Fiscal de Investigaciones Administrativas (debo remarcar que la Ley habla de “presuntas infracciones” para habilitar el sumario y no infracciones ya verificadas con plena seguridad).”
Agregó el juez que “en lugar de ello, en un actuar doloso, Saiz deliberadamente decidió no cumplir con la manda legal y negar el alcance de la Ley de Ética Pública para con un funcionario público de su cartera (solo da cuenta en su respuesta a la señora Defensora de la no aplicación de la Leyes K 4002 y L 3550 y ni siquiera se expresa sobre las diversas presuntas incompatibilidades denunciadas -mas allá de lo dicho sobre la primera de aquellas normas-),”
Igoldi destacó también al dictar el procesamiento contra el exmandatario que “el mentado dictamen previo de la Secretaría Legal y Técnica -alegado por Saiz- no aparece nombrado en su nota ni existe en la correspondiente área.”
En este marco consideró que “la conducta imputada tiene su encuadre típico en los arts. 248 y 249 del Código Penal, ambos concursados de manera ideal. Ello en razón de que Saiz, en su calidad de funcionario público, no ejecutó una ley cuyo cumplimiento le incumbía (art. 248) e ilegalmente rehusó hacer un acto de su oficio (art. 249).”
Ahora la causa pasará a la Cámara del Crimen de Viedma para comenzar con los pasos previos a la convocatoria del juicio oral y público.
DeViedma
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