EL NUEVO CONTRIBUYENTE

CONSULTOR IMPOSITIVO

Juan Cruz Tonelli (*) consultorio@csbya.com.ar

Al momento de dar inicio a una actividad comercial y/o profesional suele surgir el interrogante de definir cómo encuadrarse fiscalmente, evaluando la conveniencia de ser monotributista o responsable inscripto (RI), razón por la cual resulta de interés ofrecer de manera sintética las características esenciales de cada uno de ellos. En relación con el monotributo, se trata de un régimen en el cual se paga una cuota fija mensual en función de la categoría aplicable (impuesto, jubilación y obra social), la cual debe revisarse cuatrimestralmente y se establece según diversos parámetros de facturación, superficie afectada, consumo de energía e importes de alquiler. Las categorías superiores se encuentran sujetas al cumplimiento de un régimen de información y de emisión de factura electrónica. El comprobante a entregar lleva la letra “C” y en caso de no abonar las cuotas regularmente transcurridos los diez meses continuos se produce sistémicamente la baja automática como contribuyente. En caso de superar alguno de los parámetros máximos se genera la exclusión del régimen, debiendo inscribirse como RI. Por su parte, el RI se encuentra obligado a presentar y abonar una declaración jurada (DDJJ) mensual de IVA (diferencia entre compras y ventas), una DDJJ anual de ganancias (determinada en base a un resultado, ingresos menos gastos) y un pago mensual de autónomos según su categoría (jubilación). El comprobante a emitir será “A” o “B” según la condición fiscal del contribuyente y por cuestiones de justificación patrimonial podría iniciar temporalmente su actividad con comprobantes “A con CBU informada” o “M”. Sin lugar a dudas, ser RI posee mayores complejidades operativas, aunque es una realidad que con el tiempo el monotributo ha dejado de ser un “régimen simplificado” tal como fue promovido en su inicio. Si bien la lógica habitual indica la conveniencia económica y organizativa de optar por el monotributo, no hay que perder de vista que puede ocurrir que al realizar un adecuado análisis de la actividad a desarrollar (facturación, estructura de gastos proyectada, deducciones generales y personales aplicables, etcétera) suceda que sea más provechoso económicamente ser RI y no un monotributista de categorías superiores. Es por ello que al momento de evaluar el “debut” como contribuyente es fundamental realizar un adecuado análisis fiscal. (*) Contador. Chinni, Seleme, Bugner y Asoc. www.csbya.com.ar


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