El plazo de 15 días a los fiscales no tiene vigencia

Todavía no fue publicado en el Boletín Oficial y por eso los tiempos no corren.

NEUQUEN (AN)- La imposición de 15 días de plazo a los fiscales para que completen la investigación de un presunto delito o lo archiven todavía no entró en vigencia, porque no fue publicada en el Boletín Oficial.

«Nosotros no aplicamos la nueva reglamentación porque no está vigente. Incluso hubo una presentación ante el Tribunal Superior de Justicia con este planteo», dijo el fiscal Ricardo Mendaña, a cargo de la superintendencia de las fiscalías.

El 25 de agosto pasado, mediante el acuerdo 3.788, el Tribunal Superior de Justicia dispuso que las investigaciones iniciadas por denuncias ante las fiscalías deben completarse en un plazo de 15 días, prorrogables hasta 60 días con autorización de un juez.

Vencido el término, el fiscal debe efectuar una imputación contra el sospechoso que estuviera bajo investigación y pasar la causa a un juez de Instrucción. Si no encuentra elementos suficientes para acusar, corresponde archivar el expediente.

Las causas que se inician directamente por las fiscalías son las de presuntos hechos de corrupción, que rara vez se denuncian en una comisaría, o las que se abren de oficio en base a publicaciones periodísticas.

Con la imposición de estos plazos estrictos, las posibilidades de investigar con éxito casos de corrupción -que se caracterizan por su complejidad- disminuyen notoriamente.

El Código Procesal Penal de la provincia menciona esos 15 días, pero la anterior composición del TSJ había tenido en cuenta los obstáculos que presentan las investigaciones y había establecido que ese plazo no provocaba efectos fulminantes en una expediente.

Con la llegada de los nuevos vocales todo cambió. La reglamentación del trabajo fiscal fue elaborada por Eduardo Badano, quien encontró apoyo en Jorge Sommariva y Roberto Fernández. El vocal Marcelo Otharán se opuso.

Todos los fiscales fueron notificados de la existencia de la resolución, pero hasta ahora no aplicaron el plazo de 15 días porque consideran que no tiene vigencia hasta que no se publique en el Boletín Oficial.

El fiscal del TSJ, Alberto Tribug, presentó un escrito ante los vocales para informarles que la reglamentación no tiene validez hasta que no se la publique en el Boletín, y argumentó además que no puede tener efecto retroactivo.

Según trascendió, también pidió conocer los estudios que se hayan realizado y que justifiquen la «legitimidad y oportunidad» de introducir estos cambios en la reglamentación.

A los efectos prácticos, los fiscales no la aplican según reveló Mendaña, a cargo de la superintendencia.

La reglamentación provocó un profundo debate puertas adentro del Poder Judicial, que involucró a vocales, jueces, fiscales y la Asociación de Magistrados.

El TSJ garantizó, en algunas reuniones reservadas, que las causas de corrupción no se «caerán», y prometió

respaldo técnico y de personal a los juzgados de Instrucción, que podrían verse desbordados de trabajo si los fiscales empiezan a mandarles expedientes que hasta ahora mantenían en sus despachos.

La reglamentación presenta otro aspecto polémico: contempla la creación de un registro en el que deberían quedar anotados todos los datos de la causa y del o las personas bajo investigación, quienes podrán acceder a esa información con sólo invocar que tienen la sospecha de que están involucrados en una causa.

Así, podrán armar su estrategia de defensa casi en simultáneo con el avance de la investigación.

Analizan las facultades de los adjuntos

NEUQUEN (AN)- Los fiscales adjuntos son auxiliares de los titulares y tienen prácticamente las mismas facultades, lo que ayudó a agilizar las investigaciones. Pero esto podría cambiar a partir de una iniciativa del legislador ultrasobischista Oscar Gutiérrez.

Gutiérrez planteó que la delegación de facultades en los fiscales adjuntos es «inconstitucional» y pidió que se la deje sin efecto de inmediato.

El Tribunal Superior de Justicia le contestó en un reciente fallo que estudiará la cuestión de fondo (la presunta inconstitucionalidad) pero mientras tanto no suspenderá las facultades de las que gozan los adjuntos, para no provocar «una gran inseguridad jurídica».

Los argumentos esgrimidos por Gutiérrez tienen sabor conocido. Se parecen mucho a los que utilizaron Jorge Sommariva y Roberto Fernández en 2001 para bombardear la delegación de facultades, a la que declararon inconstitucional.

En ese entonces, Sommariva y Fernández eran camaristas y el Tribunal Superior de Justicia les rechazó el planteo y declaró constitucional el trabajo de los fiscales adjuntos. Ahora, los dos impulsores de esa teoría están del otro lado de la mesa y tienen poder suficiente como para volver a la carga.

Gutiérrez atacó a las atribuciones de los fiscales adjuntos cuando le llegó a la Legislatura un pedido para que remita la versión taquigráfica de la sesión del 5 de agosto, en la cual el ministro Luis Manganaro ventiló detalles reservados de un expediente en el que están involucrados menores de edad.

Manganaro está bajo investigación por ese acto, y la fiscal adjunta Cristina Beute remitió el pedido de la versión taquigráfica a Gutiérrez en su calidad de presidente alterno de la Cámara.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios