«El significado de la judicialización de la protesta social»

Durante estas últimas semanas, el poder judicial ha vuelto sobre los docentes a criminalizar la protesta social. Este severo problema no constituye una situación vacua e intrascendente en nuestra sociedad.

Por el contrario -más que necesaria su discusión pública- implica comprender que el derecho es una práctica social y, como tal, todos los miembros de una sociedad democrática deben participar de su construcción. Formamos parte no sólo de una comunidad política sino también de una comunidad jurídica.

Hablamos de la práctica de derechos y de acciones colectivas que sin lugar a dudas poseen disputa en la construcción de sus significados. Los sentidos de esas prácticas están en pugna.

De eso se trata, por eso se debate.

Y puesto que las leyes no son transparentes, no poseen lecturas literales, dependen fundamentalmente de su interpretación y de la capacidad de los jueces para darles entidad histórica y contextual, es que no nos puede resultar indiferente lo que los magistrados hacen y/o dicen en sus fallos. Descansan en ellos sus supuestos sobre la democracia y su idea sobre la dignidad humana.

Como sostiene el prestigioso abogado y sociólogo Roberto Gargarella: «La argumentación judicial es o debería representar el escalón más alto en materia de discusión pública».

El hecho de que muchos de los jueces federales y/o provinciales estén citando, como al secretario general de Unter Bariloche Jorge Molina, a una treintena de compañeros docentes a sus juzgados en directa relación con las acciones de protesta y demandas laborales que se realizaron al inicio del año constituye un problema que excede la lectura local; forma parte del modo en que el Estado argentino ha decidido actuar desde hace ya 13 años frente a las protestas sociales, sean estas sindicales, piqueteras o puebladas enteras.

Porque fue durante la instalación del neoliberalismo, la expulsión de las inmensas mayorías sociales del trabajo y el aumento inaudito de la pobreza, que la búsqueda por desarticular las resistencias comunitarias encontró en la judicialización y la criminalización una notoria herramienta de hostigamiento y control al accionar político del campo popular.

Seis mil casos aproximadamente conforman hoy el número de procesados penales, llevados a juicio o condenados por ejercer el derecho a la protesta en distintos espacios públicos. No sólo son por bloqueos de ruta. El despliegue coercitivo agencia manifestaciones en la vía pública, ocupaciones de edificios y cortes de calles; es decir: todo aquello que se haya hecho efectivo y potente en la visibilización de las demandas de los sectores desaventajados.

Números y deber de memoria que nos obliga a recordar que hemos perdido en esos reclamos y peticiones vidas inestimables y únicas de compañeros, militantes sociales y ciudadanos argentinos por ejercer el derecho a la crítica, por exigir rectificación de rumbos políticos, por señalar a los representantes que no queríamos ser mal representados o por sostener que el voto no legitima de ninguna manera la traición de los candidatos a sus compromisos y obligaciones con la ciudadanía cuando acceden a los cargos institucionales.

Porque la demanda fue y es siempre la misma, la honrosa promesa originaria de la Constitución nacional: el bienestar común. Trabajo para todos, sueldos acordes a las canastas familiares, vivienda, salud y educación dignas y de calidad.

Las mayorías sociales no solicitamos inescrupulosas maximizaciones de ganancias sectoriales y corporativas. No cortamos las rutas con gigantescas 4×4. Nuestras peticiones no poseen tevé de 24 horas.

Las protestas sociales son demandas.

Fabiana Marcela Ertola, DNI 18.006.013

Bariloche


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