El silencio de los directivos docentes

NEUQUEN (AN).- En las escuelas hay silencio. Resulta difícil hallar un director dispuesto a hablar de los problemas de drogadicción en los colegios.

El temor a una condena social y también al derrumbe del poco o mucho prestigio que pueda llegar a tener el establecimiento educativo es más fuerte que el valor a enfrentar la verdad.

Este diario tuvo que ingeniárselas para llegar hasta los directores. Lamentablemente no pudo ser un encuentro cara a cara. La información se pudo obtener a través de una tercera persona relacionada al ambiente educativo que consultó a nueve directores, cinco del nivel medio y cuatro del primario.

En todos los casos, las autoridades escolares reconocieron tener problemas en la actualidad o haber enfrentado casos en el pasado de adicciones a las drogas y al alcohol en sus colegios. Ellos mismos dijeron tener conocimiento de casos ocurridos en otras escuelas, de la capital y del interior.

Los directores ensayaron razones sociales y económicas para explicar el vuelco de los alumnos hacia los estupefacientes y también señalaron la ausencia de placeres en la vida de los jóvenes por fuera del sexo y de las drogas.

Para la ley son más graves los casos de estupefacientes dentro de los colegios

NEUQUEN (AN)- La ley considera muy grave que los delitos vinculados con el tráfico y suministro de drogas se cometan dentro de las escuelas, o que el autor sea un docente. Por eso contempla penas más severas para estos casos.

Desde octubre de 1989 tiene vigencia la ley 23.737 que reprime desde la siembra de plantas utilizables para producir estupefacientes, hasta la cadena que se arma luego: la fabricación, traslado y comercio de la droga.

En un articulado especial considera un agravante que el delito «se cometa en las inmediaciones o en el interior de un establecimiento de enseñanza…». También la pena será más severa «si los hechos se cometieren por un docente, educador o empleado de establecimientos educacionales en general, abusando de sus funciones específicas».

La ley también contempla el caso de aquellos que son sorprendidos con escasa cantidad de droga en su poder, cuando «sugiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal».

En esos casos el juez puede disponer la suspensión de la aplicación de la pena a cambio de que el procesado se someta a un tratamiento curativo.

Pero esto debe ser exclusivamente bajo el consentimiento de la persona que padece la adicción.


NEUQUEN (AN).- En las escuelas hay silencio. Resulta difícil hallar un director dispuesto a hablar de los problemas de drogadicción en los colegios.

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