El STJ debe decir si la provincia puede cobrar deudas con el ex BPRN

Un juez civil y la Cámara fallaron que el Estado no tiene legitimidad para reclamar.

El Superior Tribunal de Justicia deberá resolver finalmente si el Estado puede accionar en el cobro de los préstamos otorgados por el ex-Banco de la Provincia de Río Negro hace más de una década atrás.

La posibilidad de que la Justicia -como ya ocurrió en dos instancias- no reconozca legitimidad a la Provincia para reclamar esos créditos tendrá un costo para Río Negro cercano a 77 millones, concentrados en 4.200 carpetas.

Por lo pronto, ese riesgo ya alentó a los productores deudores a no adherir al último esquema de cancelación de pasivos con el ex BPRN, que permite pagar con inversiones en sus chacras, en títulos públicos y en 10 años.

Mientras tanto, el gobierno provincial postergó las acciones judiciales contra los deudores. Recientemente, esa instancia se amplió por otros 180 días -hasta noviembre- a la espera de una resolución judicial que establezca certidumbre a la situación de los créditos del ex BPRN.

A pesar de aquellos innegables beneficios para abonar, en el ministerio de Producción sólo se recibieron una decena de proyectos de reconversión donde los deudores adhieren al último régimen de pago, consistente en cancelar hasta un 60 por ciento con inversiones en sus chacras (incluso con lo realizado hasta diciembre pasado) y el otro 40 por ciento pagadero en títulos o en 10 años. La respuesta es muy pobre: una decena de interesados frente a una cartera de productores deudores que ronda los 1.900 pasivos.

Según fuentes gubernamentales, los formularios y sobres de adhesión no son distribuidos -en algunos casos- por las Cámaras de Productores, que están a la

espera de la confirmación judicial sobre la falta de legitimidad del Estado provincial para su cobro.

El paso del tiempo ya derivó en la prescripción automática de medio centenar de deudas. La Fiscalía de Estado está concentrando las carpetas que existían en Río Negro Fiduciaria SA o en la ex Coordinación de Organismo en Liquidación (COL). (ver recuadro).

Nueve años después de la venta del ex BPRN, la provincia debe ahora demostrar en la Justicia que es legítima acreedora de esos créditos.

El año pasado, el juez civil Alejandro Moldes abrió esa discusión a partir de una causa de un ganadero deudor por un préstamo otorgado por el BPRN en 1993, con una prenda (144 bovinos machos) y por un monto de 15.000 dólares.

La provincia pretendía un cobro de 15.933 pesos. En su fallo, Moldes consideró «falta de legitimación» de la provincia ya que la «titularidad originaria de los créditos pertenece al Banco de la Provincia». De esto surge una paradoja, ya que da a entender que el legítimo continuador del acreedor original no es la provincia sino -en todo caso- el Banco Patagonia Sudameris, que nunca ha reclamado tal condición pese a que tuvo -por encargo de la provincia- la gestión de cobro de la cartera.

Recientemente, la Cámara -que integran los jueces Gustavo Azpeitía, Fernando Laborde Loza y Juan Pablo Videla- confirmó esa evaluación de primera instancia.

En su argumentación, la Fiscalía consideró que hay «equivocado análisis» ya que la «existencia de cesión del crédito» corresponde «sólo a una autorización al Poder Ejecutivo para ceder». Probar «la cesión del crédito» en favor de la provincia «resulta de cumplimiento imposible porque el crédito reclamado nunca cambió de titular».

Los deudores -que son representados por el abogado viedmense Guillermo Suárez- insisten en la incertidumbre generada en las normas de traspasos en la gestión de cobro.

En su análisis, la Cámara manifestó que «el proceso de liquidación no conllevó una automática transferencia o cesión de su cartera de préstamos al Estado provincial».

Entendió que «tendría que obrar el acta de transferencia entre la secretaria de Gestión Económica y el delegado liquidador», «los registros e inventarios de deudores» transferidos al Banco de Río Negro SA (como aporte o para gestión de cobro), de la cartera residual en poder el Estado provincial, de la cartera transferida a Río Negro Fiduciaria SA, y de la cartera que se hubiese cedido a la sociedad rural.

Nada de ello aportó el estado provincial demandante, ni ofreció acompañar indicando su existencia. Sólo exhibió el contrato originario de prenda con registro».

La Cámara concluyó que «surge manifiesta la crisis de aptitud y acreditación de titularidad de la relación jurídica sustancial» en que la provincia sustenta para el cobro del particular crédito del ex BPRN. (AV)

Notas asociadas: Sólo pagó uno de cada cuatro deudores Ya hay prescripciones de las obligaciones  

Notas asociadas: Sólo pagó uno de cada cuatro deudores Ya hay prescripciones de las obligaciones  


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios