El Superior Tribunal debe intervenir por el amparo de Vidal

Así lo dictaminó la Procuradora ante la presentación por la sucesión del fallecido vicegobernador Carlos Peralta.

Provinciales

La Procuradora General Silvia Baquero Lazcano dictaminó que el Superior Tribunal de Justicia debe intervenir en el amparo-mandamus que presentó en junio pasado el dirigente del Alto Valle Miguel Angel Vidal, quien pretende ocupar la banca que quedó vacante tras el fallecimiento del ex vicegobernador Carlos Peralta.

No obstante, la funcionaria aún no opinó sobre la cuestión de fondo, en relación a si corresponde o no que Vidal sea legislador. De la misma manera deberán resolver los jueces del máximo Tribunal, primero sobre la pertinencia de la intervención del STJ y luego, en caso de que así lo consideren, en referencia a la cuestión definitoria.

Más allá de la implicancia judicial, el tema adquiere especial interés en lo político, ya que en los últimos días desde el oficialismo provincial se ha hecho trascender que había fuertes intenciones de dar marcha atrás con la designación de Ariel Rivero como presidente de la Legislatura. Si la Justicia da sustento a que Vidal asuma, estaría confirmando que el mecanismo utilizado fue erróneo y daría argumentos a los bloques para corregir la situación.

Las posiciones asumidas por Rivero y el bloque Eva Perón en relación al contrato con Petrobras, a las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias, a la creación de nuevos bloques, entre otros temas generaron en el oficialismo la pretensión de buscar la forma de reparar lo que consideran ahora un acuerdo inconveniente e impulsar la figura de un nuevo vicegobernador. No obstante, los tiempos no jugarán a favor del “albertismo” ya que seguramente pasarán varias semanas hasta que el STJ se defina -si es que lo hace- sobre la cuestión de fondo.

Por lo pronto, ayer la Procuradora dictaminó que la presentación de Vidal “participa de la naturaleza jurídica del amparo/ mandamus, siendo competencia del Superior Tribunal de Justicia”. Para ello, fundó su opinión en que Vidal “solicita al Poder Judicial que ordene el libramiento de un mandamiento de ejecución, exigiendo el cumplimiento inmediato del deber omitido, citando para ello el artículo 44 de la Constitución”. Agrega que “nos encontraríamos prima facie con la vía a elegir ante actos u omisiones en el plano técnico administrativo en la actividad del hombre frente al Estado. El actor define su pretensión, la que se condice con la naturaleza jurídica del mandamus, aunque vinculada a una cuestión de índole electoral”.

Baquero Lazcano recordó que Vidal, con el patrocinio letrado de Silvia Jañez, promovió mandamiento de ejecución con el fin de que se proceda al cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 180 inciso 6 y siguientes de la CP y con la Ley B N° 2239. Además, el propio Vidal en su presentación menciona que que “ante el deceso de Carlos Peralta, vicegobernador electo por la Legislatura de Río Negro, el gobernador debió enviar a la Legislatura Provincial la propuesta de designación del vicegobernador. Lejos de ello, quien asumió el cargo en la sesión del 8 de mayo fue el legislador Ariel Rivero”.

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