El Superior Tribunal puso límite a potestades de Piccinini

Es por los pedidos de informe. Crece la interna entre el STJ y la procuradora general

VIEDMA (AV)- La Procuración General de Río Negro, a cargo de Liliana Piccinini, no tiene facultades para intervenir en actuaciones administrativas del Poder Judicial que sean competencia del Superior Tribunal, a excepción de casos vinculados al funcionamiento del Ministerio Público que de ella depende. Así lo definieron los jueces del STJ en una resolución que instruyó al administrador general del Poder Judicial, Horacio Mión, y demás organismos dependientes, que se ajusten a ese criterio siguiendo en todo trámite la vía jerárquica que corresponda. La resolución Nº 251 fundamenta que se le requirió dictamen de la Asesoría Legal y Técnica en relación a los reiterados pedidos de expedientes administrativos por parte de la Procuradora. Piccinini pretendía conocer -entre otros temas- acerca de la contratación sin concurso de personal de seguridad en los Tribunales de Roca, entre quienes hay futbolistas del club Argentinos del Norte, cuyo presidente es el titular del STJ, Alberto Balladini. Se argumentó que las solicitudes “comprenden actividades que hacen al gobierno, superintendencia y administración del Poder Judicial, y que por imperio de la Constitución Provincial, dicho Tribunal tiene a su cargo el gobierno y administración del Poder Judicial”. Y agrega la resolución que “en asuntos de trámites cuya resolución compete exclusivamente al STJ como autoridad máxima del Poder Judicial, del cual el Ministerio Público forma parte, corresponde correr traslado a ese Ministerio (…) sólo en aquellas actuaciones vinculadas con el funcionamiento del Ministerio”. Igual criterio fijaron para los casos en que “la potestad de resolución se encuentre en cabeza del Consejo de la Magistratura”. Aclarando que el administrador Mión sólo debe responder a los pedidos de Piccinini “en aquello que tenga impacto en la ejecución presupuestaria destinada al Ministerio Público”, la resolución del STJ cerró las puertas a la Procuradora para revisar designaciones de funcionarios de ley, empleados de la planta, contratados, sustitutos, agentes ad hoc y transitorios, salvo que sea por cargos dependientes del Ministerio Público.


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