El TSJ acusa a magistrados de hacer «turismo jurídico»

Dice que piden licencias pagas para realizar cursos y la capacitación que reciben no se refleja en su trabajo cotidiano. Aconseja que utilicen el generoso régimen de vacaciones.

NEUQUEN (AN)- El Tribunal Superior de Justicia cruzó durísimo a los magistrados que piden licencias pagas y viáticos para asistir a cursos de capacitación. Los acusó de hacer «turismo jurídico», dijo que no está claro que trabajen mejor después de hacer los cursos, y les aconsejó que utilicen el período de vacaciones para esas tareas porque, después de todo, nadie necesita tantos días para descansar. Exhibió como un logro el ahorro en concepto de viáticos: en 2004 gastó 348.000 pesos, y en este medio año menos de 74.000.

La respuesta se conoció ayer mediante un comunicado distribuido por la oficina de prensa del Poder Judicial, redactado con el tono que suele imprimir a sus intervenciones el presidente del TSJ, Roberto Fernández.

Los cuestionamientos a la política de capacitación del TSJ vienen en aumento desde que asumió la actual gestión, a la que los magistrados atribuyen haber desarticulado la escuela de capacitación y negar permisos para asistir a cursos y conferencias. Ahora las licencias se otorgan, pero sin goce de haberes.

El comunicado tiene un suave comienzo: «sin perjuicio del respeto por el honesto disenso, se estima procedente acercar algunas reflexiones». Y después viene la andanada de críticas: «durante muchos años el Poder Judicial asistió a una suerte de dispendio de recursos a través de lo que alguien irónicamente denominó «turismo jurídico», por el cual algunos funcionarios y magistrados, muchas veces los mismos, de tanto en tanto, dejaban sus despachos y tareas para asistir en otras provincias y hasta en alguna oportunidad a otros países en razón de encuentros, congresos, etc, con otorgamiento de pasajes, auspicios y viáticos, sin que el beneficio para sus respectivas labores en la administración de justicia estuviera claro».

 

«Otros vientos»

 

«Un gran numero de funcionarios y magistrados, que tradicionalmente se esforzó en cumplir sus obligaciones, a las que adicionan horas de estudio que restaban al descanso y a su propia costa, no compartía esta modalidad pero aceptaban esta situación ya que en ocasión estos privilegios constituían una suerte de premio propiciado desde las más altas jerarquías. Hoy corren otros vientos», anuncia.

El TSJ aclara que «e modo alguno está vedado que alguien asista a algún evento académico. Es más, el reglamento prevé esta posibilidad, como también establece que queda a criterio del Tribunal conceder la licencia con o sin goce de haberes. Esto último ocurre cuando se estima que la específica capacitación se traduce en una mejora verificable para el servicio. En los demás casos, siempre que el funcionario o magistrado tenga sus obligaciones al día, corresponde otorgarla pero no hay razón valida para que sea sufragada con dineros públicos».

Más adelante, señala que «quienes plantean que se está vulnerando su «derecho a capacitarse», en otras palabras, «el derecho a que se le paguen los días que no asista como si los trabajara», omiten considerar que el extremadamente generoso régimen de licencias del Poder Judicial ya contempla cuarenta y cinco días al año pagos sin trabajar, al que se agregan cinco días más al año por razones particulares, también pagos, lo que totaliza cincuenta días pagos sin trabajar, a los que se agregan eventualmente las otras licencias pagas. Nadie pide que se sacrifiquen vacaciones para ir a un curso pero, con seguridad, nadie tampoco necesita tanto tiempo para reponerse del trabajo y bien puede usarse algunos de esos días».

«Es claro que se trata de un régimen espléndido, excepcionalmente privilegiado», continúa. «Por cierto mejor que otros del sector público y ninguna comparación con los trabajadores privados. Pareciera, se impone que los quejosos realicen una reflexión serena donde prevalezca un mínimo de ética y civismo».

En el mismo tono, indica que «la capacitación no es una excusa para el turismo», y «está dirigida a dar la mejor, más eficiente y oportuna respuesta al justiciable. De modo tal que cualquier otra finalidad formativa personal, deberá correr por cuenta y cargo de quien desee realizarla».


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