El TSJ amenaza con volver atrás los despidos por decreto

El alto tribunal hizo lugar a una demanda tipo. Como otras 400, la cesantía invocaba la ley 2003.

NEUQUEN (AN).- La política de ajuste que intentó aplicar el gobierno de Jorge Sobisch sufrió ayer un nuevo revés debido a que el Tribunal Superior de Justicia hizo lugar a un pedido de suspensión del decreto por el que se dejó cesante a Daniel Coria, empleado de la subsecretaría de Acción Social. El caso de Coria fue presentado como testigo por los abogados de la Asociación Trabajadores del Estado que tienen ahora otros 50 más para ingresar al máximo tribunal de la provincia. La suspensión del decreto no implica un pronunciamiento definitivo. Sin embargo hasta que esto ocurra, el empleado debe retomar sus tareas en la susbsecretaría.

El Poder Ejecutivo se valió de la ley 2003 de 1993 para dejar cesante a empleados de la subsecretaría de Acción Social y de otras dependencias del Estado. En uno de sus artículos la ley establece la prohibición de ingreso de más personal a la administración pública, aunque deja abierta la vía de excepción en casos de necesidad en áreas como Salud, seguridad y Educación.

Con el objetivo de bajar la masa salarial el gobierno elevó a la Legislatura un proyecto de ley de Emergencia Económica que preveía la disponibilidad y prescindibilidad de empleados. La iniciativa estaba destinada al fracaso por lo que el PEP recurrió a otros mecanismos para bajar la planta de empleados y así la masa salarial. En el caso de Coria, vía decreto, se declaró inexistente el decreto por el que se lo nombró en planta temporaria en 1996. Pero no es el único. El gremio tiene otros 50 casos para presentar y afirma que en total los cesanteados a través de este mecanismo fueron 400.

Cuando comenzó a aplicarse la ley 2003 una fuente del gabinete dijo que sólo quedaría cesante un grupo reducido a «modo de ensayo» hasta ver cuál era la postura que adoptaría el Tribunal Superior de Justicia.

El tribunal consideró que «de la constancia en actos se desprende que los actos administrativos impugnados, prima facie, adolecen de los vicios graves denunciados por la parte actora que darían lugar a la nulidad de los mismos».

Considera que existe la posibilidad de que a través del decreto de cesantía se haya vulnerado la «estabilidad del acto por el cual se decidió designar al accionante en la planta permanente». Por medio de los decretos 955 y 993 de 2000 el PEP declaró inexistente el decreto 481 de 1999 por el que Coria ingresó a la planta temporaria de la subsecretaría de Acción Social.

Por tal motivo, los miembros de la corte sostienen en su fallo que el tema a analizar «no es la cesantía de la actora sino la inexistencia del acto de su designación en la planta de personal temporario y la postrera baja del accionante despuesta por el decreto 993».

Coria ingresó al Estado en 1996; en enero de 1999 por decreto 481 de ese año pasó a planta temporaria y por el decreto 1446 de mayo de ese año ingresó en planta permanente.

Según el tribunal, la acción del Poder Ejecutivo «vulnera la garantía constitución de estabilidad prevista en el artículo 59 de la Constitución Provincial por cuanto los derechos impugnados no refieren al acto de su designación en planta permanente sino por el contrario, puntualmente, aluden a la inexistencia de su nombramiento como personal de planta temporaria».

Agrega en su fallo que la baja del agente «no se produjo por ninguna de las causales de cesantía previstas en el Epcapp, sino porque se consideró que vínculo contractual no existió».

En el fallo además se rechaza que el argumento de la existencia de nombramientos indiscriminados en planta permanente pueda ser utilizado en contra de la actora y se deja en claro que el sistema o metodología utilizado para designar el personal es una temática que resulta ajena a la órbita de disposición de la actora.

El tribunal resolvió hacer lugar al pedido de suspensión de la ejecución de los decretos 955 y 993 por el que Coria fue cesanteado. Como el fallo definitivo se demorará se le requiere a Coria una «caución juratoria» en caso de que el resultado final de la demanda le sea adverso.

Judiciales contra el presupuesto porque viene sin aumentos

NEUQUEN (AN) – Los empleados de la justicia provincial presionarán sobre la Legislatura para impedir que el presupuesto del Poder Judicial sea aprobado tal como lo envió el Tribunal Superior: sin aumentos salariales para los trabajadores. Lo harán con un retiro de los lugares de trabajo convocado para mañana con la excusa una asamblea.

A principios de este año, el Sindicato de Empleados Judiciales (Sejun) había pactado con los vocales del Tribunal Superior de Justicia una fórmula que permitía un aumento de sueldos para los jueces y otro para los trabajadores. Con este esquema, se podía blanquear una suma en negro que perciben los magistrados desde 1991 sin provocar descuentos en sus ingresos.

Pero meses más tarde, la cúpula judicial, con la oposición de su fiscal Alberto Tribug, envió otra propuesta que sólo abarcaba el blanqueo de la suma en negro, sin aumentos para nadie.

Aunque hace meses que el proyecto está en la Legislatura, el gremio recién ahora proyecta un plan de lucha porque los diputados aceleraron el proceso de aprobación de los presupuestos de los tres poderes para este año. Hoy, en una sesión convocada para las 18, será el turno del presupuesto de la Legislatura. Como los tres bloques están de acuerdo en sus números, no se esperan grandes debates. Sejun convocó a sus afiliados a una asamblea para mañana a las 10. De acatarse masivamente, los juzgados se despoblarán de trabajadores para el resto del día.


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