En deuda con la libertad
Por Julio Rajneri
Tal vez tenga razón la Corte al considerar constitucional la denominada ley de Medios. En nuestro país y en otros de los considerados modelos de democracia, se han dictado leyes tendientes a combatir los monopolios, a evitar la excesiva concentración de poder económico y a favorecer la pluralidad y la libertad para elegir, y no hay razón para que dichas normas no se aplicaran a los medios de prensa en el supuesto de que incurrieran en algunas de esas calidades negativas. Sin embargo, la percepción de la mayoría de los argentinos que no están comprometidos ideológicamente con el gobierno es que el fallo hiere gravemente la libertad de prensa y provoca dudas respecto de la calidad de la institución hasta ahora tal vez más respetada del país: la Corte Suprema. En la interpretación de este sector de la Argentina, y probablemente en la intimidad también de los mismos oficialistas, la ley de Medios tiene poco que ver con el deseo de mejorar la diversidad de los medios de comunicación y evitar su concentración, sino que es una burda venganza contra un diario a partir de su posición favorable al campo en su conflicto con el gobierno. La conclusión es que todos los diarios independientes deben tomar en cuenta este nuevo riesgo, porque el Estado tiene un vasto repertorio de instrumentos legales para perseguirlos cada vez que su postura moleste en exceso al poder de turno. Esa clase de intimidación tiene un precedente menor pero significativo, cuando un agente inmobiliario señaló la caída de la venta de departamentos en Capital a partir del cepo cambiario. La presidenta lo aludió en un discurso público con información que debía ser reservada y al día siguiente la AFIP ordenó inspeccionar sus declaraciones juradas, una medida legal en uso legítimo de una facultad del Estado, pero destinada a castigarlo por su osadía y, de paso, amedrentar a quienes pudieran sentirse tentados a imitarlo. El problema principal del fallo de la Corte es que no afronta la cuestión esencial del caso, o sea la utilización de medios constitucionalmente adecuados para perseguir fines contrarios a las garantías constitucionales y, en este caso específicamente, a la libertad de prensa. No era un problema sencillo para resolver, habida cuenta de su enorme trascendencia y la complejidad de su íntima contradicción. Pero era un desafío a la imaginación que hubiese requerido un fallo luminoso de los que hacen historia en la vida de un país. Un fallo que hubiese desentrañado, dentro de la apariencia de legalidad, la ilegalidad de sus fines ocultos.
Julio Rajneri
Por Julio Rajneri
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