En Río Negro declaran inconstitucional el descuento del 13% a jubilados

La decisión de la jueza federal de Viedma sienta un importante antecedente ante los cientos de recursos.

VIEDMA (AV)- El último descuento nacional del 13% a los jubilados fue declarado inconstitucional. El fallo dictado ayer por la jueza Federal con asiento en esta capital, Mirta Filipuzzi, sienta un importante antecedente para los cientos de amparos presentados ante la justicia por jubilados rionegrinos.

En la sentencia, la jueza no atacó el monto del 13% de descuento, sino la inseguridad jurídica que la medida nacional le genera al sector pasivo en cuanto a la previsión del futuro personal de los jubilados.

La jueza Filipuzzi ordenó además al Estado nacional que se abstenga de inmediato de aplicar el descuento del 13% sobre las jubilaciones de los amparistas, manteniendo esos ingresos tal como se liquidaban hasta antes de este descuento y restituyendo los importes indebidamente descontados.

La jueza federal destacó que el artículo 10 de la Ley nacional 25.453 por el que se fijó el descuento «repugna el principio de seguridad jurídica que debe reinar en toda comunidad organizada, por cuanto, lo que aquí se declara inconstitucional no es ese porcentaje de reducción sino que, y por el contrario, lo que se repudia como opuesto a la Constitución es la ausencia en la norma madre (habilitante por la función legislativa que le es propia al Congreso de la Nación de la posibilidad de afectar haberes de pasividad), de un parámetro previsible para el sujeto alcanzado por sus disposiciones».

La jueza hizo lugar al amparo presentado por los jubilados Norma Inés Nahuelhual, Adela Cristina Ivanisky, Hugo Baiocco, Ana María Casadevall y Aldo Luis Scalesa contra el Estado nacional, declarando la inconstitucionalidad del artículo 10 de la Ley 23.453 y con ello la no aplicación respecto de los causantes de esa normativa.

La inconstitucionalidad incluyó también el decreto 926/01 y las resoluciones respectivas.

En representación de los seis jubilados, el abogado viedmense Juan Carlos Correa fundamentó que el descuento del 13% es inconstitucional por violar el derecho de propiedad que esa medida presupone, así como la confiscatoriedad e inseguridad del haber -de neto corte alimentario- adquirido que conllevan.

En su resolución, la magistrada federal destacó que la norma ataca derechos constitucionales no sólo porque deja abierta la posibilidad de nuevos descuentos en caso de recursos insuficientes, manipulando una prestación que posee carácter alimentario y generando una desproporción entre la situación de pasividad y la que resultaría de haber continuado el jubilado en el desempeño de sus funciones, desterrando con ello el principio que la prestación previsional responde a su sustituto del salario activo.


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