«Es inimputable, pero no puede estar libre»

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB)- El fiscal Gerardo Balog consideró que un acusado por varias exhibiciones obscenas y por abuso sexual podía diferenciar el bien del mal, pero entendió que esas pautas culturales nunca se impondrían por encima de sus impulsos primarios. Por eso pidió a los jueces de la Cámara Primera que lo declaren inimputable, pero solicitó la aplicación de medidas de seguridad «hasta que deje de representar un peligro para los demás».

El fiscal encontró la base para fundamentar su alegato en la pericia psicológica que le realizaron los forenses a Luis Adrián Maldonado, de 35 años, y también en las elementales excusas manifestadas por éste, quien negó haber manoseado a la menor que lo acusó, y se disculpó de las exhibiciones obscenas asegurando que «todos los días a esa hora hacía pipí en los sauzales».

La causa se inició el último 23 de junio por la tarde, con la detención del sospechoso efectuada por personal de la comisaría de El Bolsón, y con la denuncia que presentó la madre de una menor de 12 años. La niña relató que había sido molestada por Maldonado el día anterior, cuando se dirigía a la escuela donde cursa el sexto grado, ocasión en que el imputado se habría bajado los pantalones y le exhibía sus genitales.

Conforme a la acusación, esa fue la tercera vez que el acusado habría molestado a la niña con idéntica conducta, pero además le imputaron haber tomado a la menor por la fuerza, para bajarle el pantalón y manosearle sus partes íntimas, en fecha no determinada pero comprendida en la última semana de abril de 2004.

Para el fiscal Balog, Maldonado «tiene la mentalidad de un chico de 10 años», pero tomó en cuenta que ya había sido procesado por homicidio en 1986, y condenado por lesionar a su concubina en 1999. En la actualidad, además de la causa debatida, está procesado como probable autor de un robo calificado.

El psicólogo forense Oscar Benítez dijo que «es una persona cuya conciencia está al margen de los hechos que vive. Sin ser un psicótico o un enajenado ignora su propia realidad», dando pie al fiscal para reclamar la aplicación de lo normado en el segundo párrafo del artículo 34 del Código Penal, que faculta al tribunal para recluir al imputado en un manicomio, hasta que los peritos declaren que ha desaparecido «el peligro de que el interno se dañe a sí mismo o a los demás».


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