«Estamos ante hechos inéditos»

Los jueces afirman que el caso "no tiene parangón" en la zona.

Tras analizar uno a uno los casi 40 testimonios de la causa, los jueces María Evelina García y Juan Rotter emitieron una declaración conjunta en la sentencia:

«Estamos ante hechos inéditos, que no tienen parangón con ninguno de los que en tantos años nos ha tocado juzgar. En cuando a Fasanella, su situación es sumamente grave, por el tipo de delitos y la cantidad de hechos cometidos, durante un extenso lapso, contra niñas tanto menores como mayores (se refiere a las menores de 18 años pero mayores de 13). Muchas de esas nenas vivían en la calle, solas y abandonadas a su suerte, mendigando comida y dinero para subsistir; muchas consumían drogas que accedían a conseguirla o porque él se las vendía o porque se las proporcionaba pidiendo a cambio de un modo extorsivo acciones tales como mantener con él relaciones sexuales -de todo tipo-, sacarse fotos desnudas (…) o con terceras personas, cobrando dinero a cambio. Aprovechándose él de su hambre y miseria (…) Ha contribuido desde ese mezquino y poderoso lugar de adulto con solvencia económica e intelectual a reafirmar la gran indefensión en la que se encuentran sumidas la niñez y la adolescencia pobres».

Respecto de Andrés Reguera el voto de los jueces reconoció algunos atenuantes: «No predominaron la promiscuidad, los objetos de uso sexual (…) la convivencia con niños muy chicos o directamente bebés -hijos de algunas de las chicas- , presentes en Fasanella. (…) Evaluamos que 12 años de prisión serán los necesarios para intentar su resocialización purgando simultáneamente su culpa por los delitos que indiferente y abusivamente cometió», votaron.


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