Estructura ministerial por decreto
NEUQUEN (AN).- De ahora en más, y de no mediar en el futuro una declaración de inconstitucionalidad, el Poder Ejecutivo podrá modificar su gabinete por decreto, asumiendo en la práctica una función reservada por la Carta Magna provincial al Poder Legislativo.
En la sesión realizada en la madrugada del jueves para tratar en particular la nueva Ley de Ministerios, el oficialismo, con el apoyo de diputados menemistas, logró imponer sin modificaciones el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo. La oposición cuestionó en particular siete artículos del proyecto pero el bloque del MPN y sus aliados hicieron valer su número para aprobarlo sin cambios.
El diputado de la Alianza Raúl Radonich reiteró la oposición a transferir el servicio de asistencia a liberados al ministerio de Acción Social. Algo que hasta el propio vicegobernador, Jorge Sapag, objetó al proyecto oficial.
Respecto de la facultad dada al Ejecutivo para modificar por decreto la estructura ministerial, Radonich recordó que se trata de una facultad del Legislativo y que la Constitución, en su artículo 7 prohíbe expresamente la delegación atribuciones por parte de los Poderes Públicos.
NEUQUEN (AN).- De ahora en más, y de no mediar en el futuro una declaración de inconstitucionalidad, el Poder Ejecutivo podrá modificar su gabinete por decreto, asumiendo en la práctica una función reservada por la Carta Magna provincial al Poder Legislativo.
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