Evasores bajo la lupa
CONSULTOR IMPOSITIVO
Juan Cruz Tonelli (*) consultorio@csbya.com.ar
Con la publicación de la RG 3309/12 (BO 11/4/12), el 1º de mayo entra en vigencia la denominada “Matriz de Intercambio de Información Penal Tributaria”, consistente en el envío recíproco de información sensible entre las AFIP, los fiscos provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Tal medida tiene su origen en la reciente modificación de la Ley Penal Tributaria (ley 26735, modificatoria de la ley 24769), en la cual una de las novedades de importancia consiste en la incorporación de un nuevo “tipo penal” que contempla aquellas conductas que lesionen a fiscos provinciales y a la CABA. Dicha herramienta permitirá comunicar la detección de conductas que den lugar a la configuración de delitos mencionados en la ley, poniendo a disposición de otros organismos de recaudación datos que pudieran afectar tributos de su competencia, facilitando en su caso y, de corresponder, la posibilidad de tomar las acciones necesarias para realizar la denuncia penal correspondiente. La adhesión al acuerdo de cooperación será voluntaria y por un plazo de dos años, exigiendo plena confidencialidad de la información brindada (secreto fiscal) y comprometiendo a las partes a efectuar su tratamiento de acuerdo con lo dispuesto en la ley de Protección de Datos Personales Nº 25326. Si bien aún no se conocen los pormenores de su funcionamiento, se estima que las administraciones adheridas podrán interactuar en la matriz de manera expeditiva puesto que se ha previsto que su utilización sea canalizada a través de un servicio específico en la web de AFIP, mediante la utilización de la clave fiscal. Un vez más la tecnología se hace presente cumpliendo un papel preponderante, permitiendo el aprovechamiento de las acciones de fiscalización de una administración fiscal en beneficio de otras y garantizando así una optimización de recursos orientados a combatir el delito fiscal. Caemos nuevamente en la reflexión de preguntarnos: “¿Cuánto saben de mí?”. Es incalculable el flujo de información existente que alimenta bases de datos fiscales, cuyas vinculaciones reflejan determinadas inconsistencias que se traducen en disparadores para tildarnos a priori de “evasores fiscales”. Esta tarea de “espionaje” se ha agudizado de manera notable en los últimos diez años y seguirá intensificándose en el mismo sentido, configurando sin duda la clave para combatir la evasión fiscal. (*) Contador. Chinni, Seleme, Bugner y Asoc. www.csbya.com.ar
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