Ex funcionario defraudó al Estado e igual le pagaron

La Justicia lo condenó por perjudicar al Estado en 321 mil pesos. Igualmente, recibió bonos públicos por un acuerdo con Fiscalía de Estado. Los órganos de control deslindan culpas.

VIEDMA (AV).-Ricardo González Corroza está cobrando de la provincia por un acuerdo con Fiscalía de Estado. Pero, curiosamente, el ex interventor de Sapse está condenado por un perjuicio económico contra Río Negro de más de 300 mil pesos.

Los órganos de control aún no reaccionaron en defensa de los fondos públicos. La denuncia penal la presentó en 1996 pero recién en mayo pasado el Fiscal de Investigación solicitó al Tribunal de Cuentas que se enjuicie a González Corroza. El Tribunal todavía no se expidió y Fiscalía de Estado remarcó que actúa cuando los otros dos órganos de control resuelven sobre la existencia de «daño patrimonial».

Mientras tanto, González Corroza cobró y se le acreditan amortizaciones mensuales de bonos. El último informe indicaría que recibió unos 17 mil Cedepir.

En abril de 1996, el Fiscal de Investigaciones, Pedro Funes, presentó denuncias penales por vuelos pagados por Sapse en la gestión de González Corroza. En diciembre del mismo año, en la Cámara Laboral inició el expediente 675/96 por jubilaciones atrasadas. La causa también incluía a otros tres pasivos, con el patrocinio de Mirta Ruocco.

En noviembre de 1997, la Justicia procesó por defraudación a la administración pública a González Corroza. En abril de 1998, la Cámara en lo Criminal confirmó el procesamiento de los chárter pagados a Aero Sur pero lo revocó en relación a rendiciones de viáticos y de gastos. En junio se desarrolló el juicio, que concluyó con una condena de tres años de prisión en suspenso por «defraudación por administración fraudulenta» e inhabilitación perpetua para cargos públicos. Los jueces señalaron que los vuelos no se realizaron y así se provocó un daño patrimonial al Estado de 321.800 pesos.

La causa penal se generó a partir de diciembre de 1995 con una auditoria del Tribunal de Cuentas que detectó irregularidades administrativas. Después, en 1996, la Fiscalía de Investigaciones formalizó las denuncias judiciales. Pese a esas presentaciones, recién el pasado 11 de mayo, Funes solicitó -por dictamen N6- al Tribunal que instruya juicio de responsabilidad a González Corroza por los pagos a Aero Sur de los vuelos inexistentes.

El proceso laboral concluyó con un acuerdo entre la abogada Ruocco y Juan Carlos Correa, en representación de la Fiscalía de Estado. El monto sumó 6.682,10 pesos pero se establece pagarlo con 10.500 en bonos Cedepir y 333 pesos. También, se fijan 1.207 pesos de honorarios para Rouco (1.500 Cedepir y 457 pesos). Ese acuerdo fue firmado el pasado 2 de noviembre y homologado el 21 de marzo de 2000 por los conjueces Mauricio Yearson, Rolando Simone y Hugo Lapadat. Según informes a los que accedió «Río Negro», el expediente 42106/SF derivó en marzo en depósitos por 224 pesos y 11.500 Cedepir a nombre de Ricardo González Corroza. Además, se detectó un segundo pago -en mayo- de 6 mil Cedepir, según expediente 42175, que correspondería a otro juicio por aportes extraordinarios .

Los tiempos de los órganos de control

La Fiscalía de Estado -que firmó el acuerdo con González Corroza- es el instrumento de cobro cuando el Tribunal de Cuentas condena a un agente o funcionario por perjuicio contra la provincia. El fiscal Sergio Ceci justificó que el reclamo del organismo recién debe darse cuando el Tribunal resolvió el daño patrimonial.

Ese tribunal tiene en análisis la solicitud de juicio de responsabilidad para González Corroza, elevado por el ex Fiscal de Investigaciones Administrativas, Pedro Funes que ahora integra aquel órgano de control conjuntamente con Pedro Casariego y Rubén Gianni.

En general, el Tribunal de Cuentas siempre vinculó la realización de juicios de responsabilidad a las resoluciones penales. Esa dependencia judicial determinó muy magros resultados de recupero.

Aún conociendo la cuestión procesal de González Corroza, Ceci defendió el mecanismo de Fiscalía de Estado porque se debe esperar que el Tribunal defina si «existe daño patrimonial». Ese cuerpo debe indicar «a la Fiscalía reclamar a tal persona, tanta plata». Incluso, recordó que en caso del contador judicial, Alejandro Biderbost «se cambió el criterio y, aún violando la necesidad de tener la resolución del Tribunal, la Fiscalía pidió una cautelar directa y embargó propiedades» cuando todavía no había juicio de responsabilidad. Manifestó que esa acción determinó un debate jurisdiccional con los otros órganos de control pero, además, que aquel hecho era público y contundente.

«El Fiscal debe investigar las responsabilidades funcionales, el Tribunal determinar responsabilidad patrimoniales y la Fiscalía reclamar ante los daños patrimoniales», argumentó Ceci (AV).


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