Fiscal pide dejar sin efecto la inhabilitación de Sobisch

El exgobernador fue sancionado en febrero.

El fiscal de la Cámara Nacional Electoral, Jorge Felipe Di Lello, pidió que el ex gobernador Jorge Omar Sobisch sea desvinculado de la causa en la que la jueza federal neuquina, Carolina Pandolfi, lo sancionó con dos años de inhabilitación, por las irregularidades descubiertas en la investigación del informe sobre ingresos destinados a solventar la campaña electoral del Movimiento Popular Neuquino para las elecciones del 28 de octubre de 2007. El funcionario dice que, “por aplicación del principio de la ley penal más benigna, atento a las modificaciones a la ley 26.215 establecidas por la ley 26.571, en cuanto sólo atribuye responsabilidad solidaria en el supuesto de las campañas electorales a los responsables económico-financieros con el tesorero y no ya al presidente como en su anterior redacción, no cabe efectuar sobre la persona de Sobisch imputación alguna”. El “informe final” del partido registrado en la Cámara Nacional Electoral en cumplimiento del artículo 58 de la ley 26.215 está firmado por Sobisch como presidente del partido, Rodrigo Salvadó en su condición de responsable económico-financiero y Liliana Gómez como tesorera. La ley 26.571 regula las elecciones primarias, en el título al que se refiere Di Lello. La 26.215, en cambio, trata del financiamiento de los partidos políticos, en particular y con mayor detalle en lo concerniente a las elecciones generales. El artículo 54 de esa ley establece que “diez días antes del comicio el presidente y tesorero del partido y los responsables económico-financieros y el político de la campaña deberán presentar en forma conjunta ante el juzgado federal con competencia electoral del distrito correspondiente un informe detallado de los aportes públicos y privados recibidos, con indicación del origen y monto, así como de los gastos incurridos con motivo de la campaña electoral, con indicación de los ingresos y egresos previstos hasta la finalización de la misma”. El MPN cumplió formalmente con esa norma pero la jueza Pandolfi advirtió groseras incongruencias en lo relacionado con los aportes. Di Lello pide también, por considerar que debió aplicarse al trámite en la instancia inicial el código procesal penal federal, que la fiscal Cristina Beute deberá considerar la posible extinción de la acción penal con relación a los restantes imputados, que son Salvadó y Gómez. Convocatoria El dictamen fiscal determinó que la causa tomara un rumbo imprevisto cuando, el 3 de julio último, la Cámara decidió que “en atención a la índole de la cuestión debatida y según resulta del dictamen emitido por el representante del ministerio público, en el caso se plantea la necesidad de definir cuestiones atinentes al tipo de proceso aplicable para determinar responsabilidades y, eventualmente, aplicar sanciones que implican la suspensión del ejercicio de derechos políticos a personas involucradas en los trámites de control de financiamiento partidario”. Sostiene el tribunal que “ello constituye una cuestión de indudable trascendencia colectiva e interés general, que amerita la intervención de “amigos del tribunal” en los términos previstos en la acordada 85/2007” del cuerpo. Explica el texto que lo que se decida en el caso bajo examen “excede claramente el interés de las partes involucradas, pues proyectará efectos sobre todos los trámites, actuales y futuros, semejantes al que motiva estas actuaciones”. Los “amigos del tribunal” (amicus curiae) son, según el fallo, una figura idónea para posibilitar la participación de organizaciones de la sociedad civil en las causas en que se traten asuntos de interés público. El plazo para la presentación de los “amigos”, ya en curso, es de 30 días, contados a partir de la fecha de la resolución.


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