Fonseca rompe el silencio y pide juicio político contra Mántaras

Ricardo Fonseca había sido acusado de falso testimonio, ya que se consideraba que no informó las irregularidades cometidas por el médico Ferreras en las autopsias del doble crimen de Río Colorado. Fue sobreseído, pero asegura que el procurador Mántaras ordenó que lo reprocesen. Finalmente fue absuelto.

RIO COLORADO (ARC).- El médico Ricardo Fonseca fue involucrado en causas anexas a las investigaciones del doble crimen de Raquel Lagunas y Sergio Sorbellini, por haber participado junto al médico forense Andrés Ferreras de la autopsia. En un principio fue sobreseído de las acusaciones aunque tiempo después fue reprocesado y llegó al juicio oral, en el cual también resultó absuelto de los cargos que se le imputaban. Por considerar que fue objeto de un manejo ilegal, pide ahora el juicio político al procurador Hugo Mántaras.

El largo proceso marcó la vida de este profesional, que ahora tiene algunas cosas para hacer y decir. Entre ellas presentó pruebas documentales en el Concejo Deliberante de Río Colorado, que a su juicio demuestran los abusos de poder en que incurriesen la Comisión Legislativa Especial del do-ble crimen y el Procurador Hugo Mántaras al ordenarle a la fiscal de Cámara Irma Beatriz Gadano que recurriese un fallo recaído en un expediente que el funcionario judicial ni siquiera había leído.

Afectado anímicamente por lo que debió superar, Fonseca entiende que es hora de buscar justicia y decir lo su-yo luego de un largo silencio autoimpuesto.

Recordó que la Comisión Legislativa Especial lo llamó a declarar en a- gosto de 1997, donde lo hizo durante unas tres horas. «Ahora, después del juicio, me entero que esa declaración, según el fiscal del debate oral, Edgar-do Rodríguez Trejo, fue bajo juramen-to de decir verdad, violando el artículo 22 de la Constitución provincial, tomada por el legislador Eduardo Chiro-ni y el secretario Gustavo Legaz» dijo, aludiendo a que por ley nadie está obligado a declarar contra sí mismo.

«En aquel momento fueron loas para mí por haber colaborado y al po-co tiempo me denunciaron. La fiscal Ana Benito hizo lugar a la denuncia y el juez Juan Torres me procesó por presunto falso testimonio agravado. Esto significa haber mentido o falseado la verdad en perjuicio de algún inculpado que en aquel momento aún no se conocía, ya que no había ningún imputado», señaló.

Fonseca apeló y «la fiscal de alzada, que se llama Irma Beatriz Gada-no, no encontró elementos para acusarme, pidiendo falta de mérito. La Cámara Primera me sobresee finalmente».

Agregó que «luego la Cámara le dio instrucción al juez Torres para que me mande el sobreseimiento como se produjo a posteriori. Sin embargo tiempo después, al igual que el juez de la cau-sa, nos enteramos por la prensa de mi reprocesamiento a raíz de un recurso de casación que el Procurador General obligó a interponer a la fiscal Irma Gadano, lo que demuestra lo politizado del caso».

Fue en ese momento cuando un numeroso grupo de vecinos en adhesión al profesional médico logró juntar 1.131 firmas de apoyo en unos pocos días y publicaron una solicitada en este medio preguntando a la fiscal Irma Gadano el por qué del reprocesamiento sin nuevas pruebas.

Con bronca que no puede disimu-lar, Fonseca afirmó que «con conocimiento del Superior Tribunal de Justicia, el Procurador General Mántaras le mandó una orden ilegal e inconstitucional a la fiscal Irma Beatriz Gadano -que no me había acusado- vía fax, cuya copia tengo en mi poder, y le dio instrucciones particulares para acusarme, violando la Constitución de la provincia y de la Nación».

Agrega que en ese escrito «el doctor Mántaras dice que a él le interesa que me reprocese habida cuenta de la preocupación pública y de la gravedad de los hechos investigados, y no por un presunto delito que hubiere cometido. Mántaras responde de esa manera a la pregunta de la fiscal sobre si le interesaba el reprocesamiento y de ser así le envíe instrucciones precisas sobre los argumentos en que debería fundar este reprocesamiento, ya que cuando ella actuó no encontró elementos para eso. Entonces la doctora me acusó por orden de su jefe».

«Finalmente voy a un juicio oral innecesario en el cual el fiscal actuante Rodríguez Trejo dijo textualmente «cuando la doctora Irma Gadano me pidió que me haga cargo de esta causa por la violencia moral que la invadía, entendí sus razones». Esa violencia moral era haberme reprocesado en contra de su voluntad. El fiscal también objetó la orden de Mántaras sobre que había que mantener «viva la instrucción» y el fiscal además expresó a los tres jueces que me juzgaban «que el STJ me diga dónde está el delito de Fonseca»».

En ese juicio Fonseca fue absuelto de culpa y cargo por el presunto delito de falso testimonio agravado.

Estas pruebas documentales fueron llevadas al Deliberante de Río Colorado, el que envió copias de los documentos aportados por Fonseca al STJ y a la Legislatura de Río Negro para que estos decidan si es oportuna la iniciación de un juicio político a Mántaras y a la fiscal Irma Beatriz Gadano.

«No puede imponer una determinada postulación jurídica»

El abogado Oscar Pandolfi, patrocinante de Fonseca, en referencia a este tema publicó un trabajo en la revista Comentarios de Jurisprudencia que edita el Colegio de Abogados de Roca. En las conclusiones finales afirma que «el Sr. Procurador General de la Provincia de Río Negro, conforme a la hermenéutica de las normas de los artículos 215 y concordantes de su Constitución y 2, 69 y 75 de la Ley Orgánica Nº 2.430 del Poder Judicial, carece de facultades para expedir instrucciones particulares, en un caso concreto, que resulten vinculantes para los funcionarios que integran el Ministerio Público. Porque ello implica sustituirse en funciones ajenas, por más que tenga su «supervisión» y «superintendencia». Y tal sustitución solamente puede ser dispuesta por el órgano jurisdiccional ante el cual su subordinado se está desempeñando. El integrante del Ministe-rio Público no está obligado a respetar una instrucción particular así emitida, por resultar la misma ile-gal e inconstitucional. Sí, en cam-bio, estará obligado a hacerlo -dejando a salvo su opinión particular, si es el caso- tratándose de instrucciones generales, que definan políticas de persecución penal, por e-jemplo, vigentes o vertidas antes del caso concreto que se plantea».

Agrega Pandolfi que «en el caso aludido no hay constancia alguna de que el Sr. Procurador General haya examinado o estudiado previamente la causa respecto de la cual instruyó por escrito a la fiscal de la Cámara Primera de General Roca, sobre la necesidad de que interpusiese recurso de casación contra la sentencia de ese tribunal que sobreseía al doctor Fonseca.

Fonseca sigue creyendo en la justicia aunque siempre tuvo presente que «cuando la política entra por la puerta, la justicia escapa por la ventana» según la sentencia de un famoso jurisconsulto inglés.


RIO COLORADO (ARC).- El médico Ricardo Fonseca fue involucrado en causas anexas a las investigaciones del doble crimen de Raquel Lagunas y Sergio Sorbellini, por haber participado junto al médico forense Andrés Ferreras de la autopsia. En un principio fue sobreseído de las acusaciones aunque tiempo después fue reprocesado y llegó al juicio oral, en el cual también resultó absuelto de los cargos que se le imputaban. Por considerar que fue objeto de un manejo ilegal, pide ahora el juicio político al procurador Hugo Mántaras.

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