Freno judicial a la ley para nombrar jueces

La Cámara Federal porteña la declaró inconstitucional. Podría alcanzar a magistrados de primera instancia.

ley de subrogancias

La Cámara Federal porteña declaró ayer la inconstitucionalidad de dos artículos de la nueva ley de subrogancias, que permite al Consejo de la Magistratura de la Nación nombrar conjueces en juzgados vacantes, y sostuvo que la norma viola los “principios constitucionales de juez natural, imparcialidad e independencia judicial”.

Fuentes judiciales informaron que la Sala II de la Cámara se pronunció en un caso concreto -donde fue apartado de una causa el juez federal Rafecas y se debía elegir reemplazo- pero esta resolución podría aplicarse a otros expedientes dentro del fuero federal.

La resolución podría alcanzar a todos los jueces federales de primera instancia, que son los que tramitan y resuelven causas de corrupción, y a la propia Cámara, donde uno de sus integrantes, Eduardo Farah, es subrogante y en cualquier momento podría ser reemplazado por el Consejo.

Por la inconstitucionalidad de la ley se pronunció una de las Salas de la Cámara y si la otra, la I, opina en el mismo sentido, será un criterio unánime del fuero.

Este es el segundo fallo que declara la inconstitucionalidad de la ley 27145 de subrogancias -impuesta por el Gobierno de Cristina Fernández-, luego de que días atrás hizo lo mismo el juez federal de La Plata Alberto Recondo al declarar nula la designación de Laureano Durán como juez subrogante de esa jurisdicción.

En la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal tramitan siete causas donde se solicita la inconstitucionalidad de la ley para que no se aplique en ningún caso.

Los jueces de la Sala II de la Cámara -Farah, Martín Irurzun y Horacio Cattani- apartaron a Rafecas de una causa por falsificación de documento público y en su lugar debían nombrar a un nuevo juez.

El mecanismo de reemplazos que se venía aplicando es el sorteo de un nuevo juez de primera instancia, pero la nueva ley de subrogancias fijó que es el Consejo el que designa a esos reemplazos de una lista de conjueces integrada por abogados y secretarios judiciales que es aprobada por el Senado nacional.

Pero la Cámara declaró inconstitucional la norma porque “no supera un estándar mínimo de razonabilidad al confrontarse con claras directrices emanadas de la Constitución nacional y pactos internacionales. (DyN)


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