Habrá una aplicación parcial de la ley de blanqueo previsional
A cuatro años, la ley 4640 sigue sin aplicarse. Economía hace acuerdos con demandantes y prevé un plan sólo para quienes están por jubilarse.
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La ley de blanqueo de aportes previsionales, destinada a mejorar los haberes jubilatorios, cumplirá cuatro años de su promulgación pero, aún, no fue aplicada en los salarios de los estatales próximos a retirarse. El último dato sería que Economía avanzará en la implementación parcial, centralizada en los que cumplieron con la edad y pueden jubilarse rápidamente.
En principio, la provincia ya aplicó en algunos casos esa legislación y, puntualmente, en aquellos que formalizaron demandas. Según trascendió, la cartera económica prevé finalmente instrumentar un mecanismo para cumplimentar la ley 4.640 en cerca de un millar de estatales con los requisitos para jubilarse.
Promulgada el 26 de abril del 2011, la legislación es más amplia porque prevé el pago de aportes previsionales en las sumas no remunerativas en el personal estatal que ingrese a los 10 años anteriores a cumplir con la edad jubilatoria, es decir, se aplicará en las mujeres a los 50 años y 55 para los hombres. Economía siempre argumentó que la implementación tendría un alto impacto financiero entonces no lo instrumentó, incluso esperando un acuerdo de beneficios con la AFIP para abonar esos blanqueos de sumas no remunerativas.
La ley tiene la autoría del legislador Facundo López y su vigencia incluyó también algunos meses de la gestión radical de Miguel Saiz, que tampoco cumplió con esas retenciones. Diferentes agentes estatales formalizaron demandas y UPCN tramitó la propia en representación general.
Se sabe que, por lo menos, hay dos casos testigos con sentencia de la Cámara Laboral de Viedma y Economía está aplicando la ley.
Para lograr que se le allane el camino hacia el cumplimiento normativo, la parte demandante de este caso realizó una propuesta para el pago de la deuda para concretar a través de descuentos de los haberes mensuales. Dado el interés en tener saldado el compromiso en forma previa al inicio del trámite jubilatorio -y ante la falta de propuesta metodológica para la aplicación de la Ley- la interesada propuso cuatro cuotas consecutivas que serían acompañadas con el pago de la deuda que corresponde al empleador. El monto de la obligación para el caso de la empleada que obtuvo sentencia firme ronda los 29.400 pesos en tanto para el empleador es de alrededor de 27.200 pesos.
Realizada la propuesta, el organismo empleador tramitó el acto administrativo que aprobó la propuesta citada. Remitida una copia certificado del expediente 61912-AL-14, del registro del Departamento Provincial de Aguas (DPA), se aguarda que establezcan los códigos para los descuentos en las liquidaciones de haberes.
Este mecanismo destinado a viabilizar los términos de la Ley 4.640 ya contaría con la aprobación de la Fiscalia de Estado y el Consejo Provincial de la Función Pública.
Este segundo antecedente, que podría dar lugar a nuevas decisiones en ese sentido, se suma al de un empleado del Instituto de Desarrollo del Valle Inferior (Idevi) que obligó por la misma vía judicial a la implementación de la norma.
En una etapa mucho más preliminar se encuentran otras situaciones de agentes públicos en el que algunos damnificados han debido recurrir a la delegación Río Negro del Instituto Nacional contra la Discriminación (Inadi) frente a lo que consideraron el “desamparo” de quienes continúan percibiendo sumas en negro cuando ya se encuentran dentro de los plazos de gestión del pase a pasividad.
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