Juez observa una obra social “recalcitrante”

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez Civil Marcelo Cuellar ordenó al Ipross solventar integralmente la rehabilitación de una menor discapacitada, bajo apercibimiento de sancionar el incumplimiento, al tiempo que le advirtió que “cese en su recalcitrancia máxime en caso de discapacitados”. En el amparo otorgado a la menor, el magistrado recordó la significativa cantidad de veces que dictaminó medidas cautelares en favor de afilados a la obra social provincial que no podían acceder a los respectivos tratamientos, aún en casos de discapacidad. La presentación judicial fue realizada por el padre de la niña, afiliado al Ipross, reclamando la cobertura integral de los fisiatras, fonoaudiólogos, terapistas y pediatras que necesita su hija para revertir el “retardo en su desarrollo” que padece. La obra social se negó a solventar el presupuesto de los profesionales porque “excede lo regulado” y detalló que “por atención ambulatoria intensiva se comprende hasta cinco días por semana y no ocho sesiones por semana” como solicitaba el amparo. En su descargo aclaró que se autorizó la cobertura hasta la suma de $ 1.610,24, en cumplimiento de la normativa legal vigente. Ante esta limitación la familia debía afrontar la diferencia, de hasta $ 1.000 mensuales, situación que en muchas oportunidades dejo a la niña sin tratamiento. El pedido del padre contó con un dictamen favorable del defensor de Menores que ordenó la cobertura integral del tratamiento. En su fallo Cuellar recordó los preceptos constitucionales que definen el carácter esencial del derecho a la Salud, las previsiones del Plan Médico Obligatorio Nacional y legislación especial que resguarda a las personas con discapacidad, “tal como viene haciendo este Juzgado de modo sistemático y recurrente hace ya varios años”.


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