Juez preso y secretos de un expediente criminal
FRANCISCO N. JUÁREZ
fnjuarez@sion.com
» Deducción de lo no explícito. La justificada y fatal reacción del juez de paz de Barrancas, Neuquén, Cecilio Yerio, el 6/12/1904 cuando lo atacó a tiros por la espalda el agricultor, criancero y ex juez Carlos Garaycoechea, a este le costó la vida, pero no traslució en el sumario policial y ni en la causa penal consecuente, el por qué de los primeros disparos de quien, precisamente, era el anfitrión que daba un asado -finalmente frustrado- que ya crepitaba en la finca cercana al río a la que concurrieron varios invitados. Por una discusión con Cristóbal del Campo, procurador lego en Chos Malal y uno de los invitados, basada en rechazar el arreglo que a su requerimiento hizo y aprobó, de un arrendatario para sus chacras y campo. Se echó atrás, adujo, porque un peón -Agustín Bustos- le comentó que el fulano propuesto, hablaba mal de Garaycoechea. Burlado como intermediario, Del Campo se retiró. Fue al adherirse el juez Yerio que el dueño de casa lo acusó también de habladurías. Por eso al salir -«yo también me voy»- le disparó por la espalda con la respuesta y consecuencias conocidas. ¿Pero si rechazaba al candidato para arrendar el campo, cómo involucró a Yerio en la disputa? En las 37 fojas del sumario que suscribió el comisario Juan Francisco Muñoz Moyano, nada dice al respecto, pero algo se puede deducir: al final de las indagatorias a testigos y al imputado juez de paz, el sumariante hace el inventario del juzgado acéfalo, el juez bajo arresto suscribe la entrega de todos los elementos y la documentación al comisario que lo pone en «una bolsa de cáñamo» dentro de la oficina bajo llave del juzgado. Hace responsable de la llave al encargado policial de Buta Ranquil, y destina la «supervigilancia externa de dicha pieza (que deja) a cargo de Agustín Bustos que vive en una pieza contigua a la del Juzgado». Es decir, el mismo Bustos que llevó a Garaycoechea los «chimentos» contra el posible arrendatario y contra Yerio
(ver notas del 3, 7, 10 y 17 de enero pasado).
» Corta penuria y defensa a poncho. El 20 de diciembre de 1904, Yerio llegó preso a la nueva capital de Neuquén, el sumario fue entregado al jefe policial José Rodríguez Spuch junto a los dos revólveres usados y el poncho del juez de paz (agujereado a balazos según La Prensa y el defensor Bruguera). El 22 recibió todo el Juez Patricio J. Pardo. Al día siguiente fue nombrado el fiscal ad hoc Abel Chaneton, que cuatro meses después fue propuesto a integrar la primera logia masónica lugareña Obreros luz del Neuquén e inmediatamente rechazado «por sus antecedentes en la vida profana». En la propuesta de la logia figura como procurador, de 29 años, viudo. En la mañana del 24 de diciembre, el viudo Chaneton aceptó e inmediatamente presenció la indagatoria que el juez le tomó a Cecilio Yerio en presencia del defensor José Bruguera. Surge que Garaycoechea insistió con el convite a Yerio quien se había negado a ir por dos veces, pero Bruguera no usará el dato para argumentar una premeditación. Yerio pasó la Nochebuena entre rejas y Bruguera preparando la defensa que presentó en cinco fojas el 26 de diciembre. La basó en la agresión ilegítima del anfitrión y en la reacción «por instinto natural de conservación» del agredido frente al «funesto dilema de matar o dejarse matar», ya que cuando giró lo encañonaba el agresor. Pidió el sobreseimiento total y definitivo con la consecuente e inmediata excarcelación.
» Lo que dijo el fiscal Chaneton. Ya en las primeras líneas de las ocho páginas que necesitó el alegato del fiscal Chaneton, se anticipaba su opinión nada acusatoria. Lo escribió entre signos de admiración respecto del fracasado asado trágico: «¡Qué lejos estaría del ánimo de los concurrentes el drama que pocos instantes después había de desarrollarse en su presencia y del cual debía ser víctima el dueño de casa don Carlos Garaycoechea!». Cerró su escrito aconsejando sobreseer definitiva y totalmente al juez Yerio y lo suscribió el 30 de diciembre. (Continuará)
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