La AFIP presumirá quién tiene servicio doméstico

Reclamará deudas por aportes a quienes no declaren tener personal.

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Esta medida regía sólo para las empresas. Ahora también se aplicará a las personas físicas y familias.

BUENOS AIRES.- El gobierno dispuso por medio de la resolución general 3.492 que la AFIP puede presumir que tienen personal a cargo aquellas personas físicas con ingresos brutos anuales superiores a los 500.000 pesos y que además tengan un patrimonio mayor a 305.000 pesos.

De está forma el Organismo les exigirá el pago de aportes por personal doméstico, chóferes, y demás empleados en relación de dependencia de particulares.

“La posesión de ciertos bienes tales como aeronaves de uso particular, automóviles de alta gama, embarcaciones deportivas o de recreación, o propiedades, entre otros hacen presumir que la persona física titular de los mismos requiere de la prestación de servicios personales realizados por quien se desempeña bajo relación de dependencia”, indica la resolución publicada el martes en el Boletín Oficial.

Esta medida regía sólo para las empresas y ahora también se aplicará a las personas físicas y familias.

Ese sistema lleva a que, en razón de ciertos parámetros definidos para realizar cada actividad económica o los ingresos familiares, la AFIP presuma cuál es la cantidad mínima de empleados que debería tenerse, y compare esa cifra con la de los trabajadores efectivamente declarados por cada empresa o casa de familia.

La resolución incluye a los particulares en el régimen de indicadores mínimos de trabajadores, sistema por el cual el ente recaudador presume cuál es la cantidad mínima de empleados que debería tenerse y cuál es la efectivamente contratada.

Los argumentos de Tomada

El gobierno salió a explicar ayer la resolución que generó polémica ya que le da herramientas a la AFIP para presumir que una determinada persona tiene capacidad monetaria para contratar personal doméstico y que no lo tiene registrado.

El ministro Tomada se refirió a la Resolución argumentando que es parte de la lucha contra el empleo no registrado.

Según Tomada, la resolución de la AFIP “parte de la idea razonable de que si hay determinadas condiciones económicas se presupone que hay alguien prestando servicios”. La resolución de la AFIP tiene como base la ley 26063, que establece “presunciones en materia de seguridad social” a partir de la existencia “de determinados indicios que evidencian la utilización de trabajo humano prestado bajo relación de dependencia”. Según explicó Tomada, “no se trata de una sanción sino de una presunción de que alguien tiene a otro trabajando y no está declarado”.


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