La cárcel de Bariloche no ofrece las garantías mínimas

No es común que un juez emita cuatro hábeas corpus en iguales visitas a una alcaidía de la zona. Sin embargo, esto ocurre en la unidad de detención de Bariloche donde, a juicio del juez Lanfranchi, no se cumplen los derechos y garantías que tienen los internos. En su anterior visita encontró a un detenido en una celda de castigo sin luz ni calefacción. En el último caso, denunció que un tercio de los presos está aislado durante 22 horas diarias.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez César Lanfranchi emitió el cuarto mandamiento de hábeas corpus en el mes relacionado con el mismo tema e intimó nuevamente al Ejecutivo provincial para que realice los actos necesarios para el efectivo cumplimiento de la medida, tendiente a garantizar los derechos y garantías de los internos de la alcaidía.

En este caso el magistrado advirtió que un tercio de los internos padecía aislamiento en celda propia durante 22 horas diarias, y que las dos horas de recreo que le concedían en patio abierto transcurrían parcialmente en horario nocturno y en un sitio helado y sin comodidades.

El jefe de la alcaidía justificó las restricciones y las atribuyó en parte a la voluntad de los damnificados pero especialmente a medidas de seguridad que a su juicio aconsejan una discriminación conforme a los antecedentes, los delitos que se imputa a cada uno y otras circunstancias particulares.

En la alcaidía no existe una división entre condenados y procesados, como podría suponerse. Están juntos, pero separados los presos por delitos sexuales, los internos condenados que atraviesan la etapa de autodisciplina, los que tienen mala conducta, y aquellos que mantienen entre sí una enemistad anterior al encierro o generada en la alcaidía.

Esa distribución múltiple limita el acceso al pabellón general y al patio descubierto de muchos presos, y potencia las condiciones de encierro al límite del confinamiento, la mortificación y el tormento. Desde esta óptica, no hay solución posible que no pase por el traslado a una cárcel adecuada o la peligrosa flexibilización de las medidas de seguridad personal de los internos.

A principios de mayo, Lanfranchi acogió en forma favorable un amparo que benefició a 17 internos que habían sido castigados con medida de aislamiento mediante una sanción colectiva. Dijo que «se incumplen garantías esenciales de mayor nivel» y anuló la sanción «sin perjuicio que el jefe de la alcaidía reencause el proceso». Doce horas después volvió a la cárcel y observó que que no se habían cumplido parte de sus órdenes. Entonces dictó un hábeas corpus en favor de los castigados resolviendo que quedaran sin efecto las restricciones dispuestas por la autoridad policial.

El 10 de mayo el juez libró otro mandamiento en favor del interno Nelson Robaina, a quien encontró castigado y aislado en un recinto que carecía de iluminación y calefacción «en celda helada, con el interno temblando y acurrucado bajo una manta harapienta». De manera complementaria dispuso prohibir la utilización para privación de libertad de personas de las celdas 24 y 25 de la alcaidía, «siquiera en mínima medida, y toda construcción de nuevos sitios destinados a habitación de detenidos, y su habilitación, en tanto no cuente con autorización del servicio oficial de obras».

Además, ordenó el regreso a la alcaidía de Roca de dos internos que habían sido trasladados a Bariloche porque supuestamente aquí gozarían de mayores comodidades.

El 18 de mayo resolvió imponer al agente fiscal de lo acopiado en la voluminosa causa, que cuenta con un muestrario de fotografías y material fílmico, para que investigue si le cabe responsabilidad penal a las autoridades de la alcaidía por las situaciones observadas.

En todas sus resoluciones el magistrado invocó normas de la Constitución Nacional, los pactos internacionales sobre derechos humanos, la Constitución Provincial, leyes que advierten a los funcionarios sobre las penalidades que le corresponden a quienes consientan o no denuncien los tratos crueles, degradantes e inhumanos, las especiales previsiones para los jueces, y las facultades para expedir medidas de amparo.

Abundancia de fugas

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La de Bariloche es una cárcel donde abundaron las fugas mediante boquetes, túneles, aberturas en los techos y otras circunstancias que el natural ansia de libertad genera contra rejas y muros.

Pero el jefe de la unidad, Gabriel Capsi, recibió una felicitación del jefe de policía por Orden del Día por haber logrado el récord histórico de tiempo sin fugas en la alcaidía.

El edificio fue construido como hogar de ancianos y remodelado para alojar a 50 procesados, pero ahora tiene 116 internos y llegó a albergar a 125, de los cuáles aproximadamente la mitad siempre son condenados a los que correspondería trasladar a un establecimiento penitenciario.

«Primero está la vida»

Para Capsi «primero está la vida y la seguridad física de los internos» y justifica que en función de ese principio deban resignar comodidades. Recuerda los homicidios de los internos Rubilar y Colipi en 1996 y 1997, y mantuvo aislado durante un año y medio a Patricio Barriga «por su natural agresividad, y a los tres meses de estar en la U 9 de Neuquén lo mataron».

Los acusados o condenados por delitos contra la integridad sexual son 34, que deben permanecer aislados del resto de la población carcelaria, y también los 21 que están en la fase de autodisciplina y no pueden estar en el pabellón general.

Pidió volver a la alcaidía de Roca

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Durante una de las visitas de Lanfranchi a la alcaidía, entrevistó al interno Adrián Llaupe, que estaba detenido en Roca y por razones de seguridad había pedido el traslado a cualquier unidad policial de la provincia. Ahora, al comprobar las condiciones de extremo rigor que debe soportar, pidió volver a Roca y el juez Lanfranchi ordenó su traslado.

«Llaupe está en una celda junto a otros siete detenidos, dos de los cuales carecen de colchón, y además no puede registrar la conducta que le permita acceder al régimen de semilibertad», explicó Lanfranchi.

El magistrado agregó que «la celda está calefaccionada por un cuarzo, con colchones en el piso» y sus habitantes se encuentran encerrados allí 22 horas por día.

También dictó un hábeas corpus en favor de Pedro Farías, un interno con 25 años de condena que habría llegado a esta alcaidía con la ilusión de encontrar aquí pabellones de trabajo, y ordenó que lo trasladaran al lugar de origen.

Farías había sido golpeado salvajemente en Roca y su vida estaba en riesgo, por lo que solicitó que sea trasladado de la unidad.

Sin embargo, ahora pidió el traslado a Bariloche porque temía por su vida, pero ahora solicitó regresar porque se sintió engañado y ansía estar cerca de su familia.

Condenados al ocio y la inacción

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- En su última resolución César Lanfranchi atendió a que el régimen del pabellón general es de apertura de celdas a las 10 y encierro a las 21, y que más de un tercio del internado, -43 en total- viven, salvo las particularidades de sábado y domingo, encierro de 22 horas diarias.

El sistema de acceso a mayores ámbitos para deambular está garantizado en el pabellón general de condenados y procesados durante 11 horas. En tanto, otros 35 sólo pueden acceder a un patio después de 22 horas de encierro y «en un particular horario (8 a 10) en condiciones, que en ésta época y latitud es en parte nocturno y el sitio está helado. Circunstancias en que difícilmente les resulte a esos internos accesible la porción de terreno al aire libre destinada al efecto», argumentó el magistrado.

Lanfranchi aseguró que el patio de recreo «exhibe no menos deplorables condiciones que las del resto de las instalaciones», y agregó que «el régimen impuesto a esta porción de la población es un auténtico dislate. Viven en virtual aislamiento en celda propia, comparable, en buena medida, con una de las sanciones previstas en el régimen nacional para aquellos que incurrieron en faltas graves, que es la permanencia en su alojamiento individual».

Ahora el juez ordenó que ningún detenido sea privado de acceso a espacio mayor que el de su propia celda para esparcimiento e intimó al Poder Ejecutivo para que se cumpla la medida.

«Que el régimen de Alcaidía haya llegado a tanto es increíble pero real. Desconozco el punto de partida de la insensatez y si es producto de la acumulación inmanejable para el jefe de alcaidía, nada le quita a la ilegalidad manifiesta y debe cesar de inmediato. Es que resulta un auténtico rigor innecesario, que cercena no ya el derecho reglado sino las mismas ansias naturales a deambular en ámbitos que permitan sobrellevar en alguna medida el encierro», sentenció el juez.


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