La condena por el caso Carrasco no será revisada

Un fallo de Casación les negó esa posibilidad. Los jueces dijeron que las nuevas pruebas que aparecieron no demuestran que sean inocentes. Les quedan pocas instancias para recurrir.

NEUQUEN (AN).- Los condenados por el asesinato del soldado Omar Carrasco perdieron otra batalla jurídica para lograr que la sentencia sea anulada. La Cámara Nacional de Casación Penal les rechazó un recurso de revisión, con el argumento de que las nuevas pruebas que aparecieron después del juicio «no llegan a demostrar» que son inocentes. Ahora les queda apenas una remota posibilidad de éxito, ante la Corte Suprema.

El fallo del Tribunal de Casación, la máxima autoridad en materia penal del país, perjudica al subteniente Ignacio Canevaro y a los ex soldados Cristian Suárez y Víctor Salazar, condenados en 1996 por el asesinato de Carrasco.

Carrasco, oriundo de Cutral Co, fue asesinado a golpes en el Grupo de Artillería de Zapala en marzo del 94, al tercer día de ser incorporado. Su muerte provocó la derogación del servicio militar obligatorio. Todavía se investiga quiénes encubrieron el crimen.

Copias del fallo de Casación fueron distribuidas ayer a la prensa por el fiscal del Tribunal neuquino, Manuel Balboa. Los defensores Oscar Pandolfi y Marcelo Inaudi no hicieron comentarios porque «no lo conocemos ya que aún no fuimos notificados», dijeron.

Los abogados habían planteado el recurso de revisión en base a «nuevas pruebas», surgidas durante la investigación del encubrimiento del crimen del soldado, que está a cargo del juez federal Guillermo Labate.

«Las nuevas pruebas, unidas al resto de los elementos del proceso, permitirán demostrar inequívocamente que nuestros defendidos no son autores del homicidio por el cual se los condenó», habían planteado Pandolfi e Inaudi.

Entre las nuevas pruebas, los defensores mencionaron dos que involucran al soldado Juan Castro, el único amigo que hizo Carrasco en sus tres días bajo bandera.

Castro, quien se cree que fue testigo ocular del crimen, brindó varias versiones del hecho y ninguna certera. Pero en un reconocimiento fotográfico «maliciosamente ocultado por las autoridades militares» había descartado a Suárez y Salazar como autores de la paliza que le costó la vida a Carrasco. En una declaración testimonial que se conoció después, también había desligado del crimen a los ex soldados.

Otra de las nuevas pruebas fue el informe del perito Alberto Brailovsky, quien asegura que Carrasco «recibió atención médica en su larga agonía, con un diagnóstico equivocado y un tratamiento por lo tanto inadecuado que lo llevó finalmente a la muerte». Con esta línea, los responsables de la muerte serían quienes lo privaron de la atención médica adecuada.

Los jueces de Casación, Juan Fégoli, Pedro David y Raúl Baduer opinaron que «los nuevos elementos de prueba, ya sea que se los considere individualmente, ya sea que se los aprecie a todos ellos en forma conjunta o bien que se los analice unidos a los ya examinados en el proceso, no llegan a demostrar con el grado de evidencia exigida que el hecho no existió, que los condenados no lo cometieron o que el hecho cometido encuadra en una norma penal más favorable».

Por eso, lo declararon inadmisible. El único recurso que le queda ahora a los defensores es la Corte, pero no hay antecedentes de sentencias ratificadas por Casación y revocadas por la Corte.

Una larga lista de recursos

6 de marzo de 1994: Omar Carrasco es asesinado dentro del cuartel militar de Zapala. Su cadáver aparece un mes después.

12 de mayo de 1994: la justicia militar condena a Canevaro por abuso de autoridad.

14 de octubre de 1994: anulan la condena militar.

31 de enero de 1996: El Tribunal Oral Federal de Neuquén condena por el crimen a Canevaro (15 años de prisión) y a Suárez y Salazar (10 años de prisión cada uno).

12 de setiembre de 1996: La Cámara Nacional de Casación Penal rechaza la apelación de los defensores.

14 de noviembre de 1996: La Cámara de Casación declara inadmisible un recurso extraordinario de la defensa.

2 de julio de 1997: La Corte Suprema rechaza un recurso de queja.


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Certificado según norma CWA 17493 <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $2600 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora