La Corte anula absolución a padre violador de Bariloche
En 2009 la Cámara Criminal Segunda de esta ciudad descartó la culpabilidad del sujeto acusado por abuso de una hija de 11 años. El STJ había desestimado la queja.
JUSTICIA
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a un recurso de queja que interpuso la defensora general de la provincia María Rita Custet Llambí y dejó sin efecto una sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro, que había desestimado un recurso judicial contra el fallo de la Cámara Criminal Segunda de Bariloche que absolvió en 2009 a un sujeto acusado de haber violado a una hija de 11 años.
El fallo de la Corte sienta jurisprudencia que deberá aplicar el STJ porque reconoce la legitimación de la Defensoría de Menores e Incapaces para recurrir sentencias absolutorias en resguardo del interés superior del niño.
Una alta fuente judicial explicó que hasta ahora sólo la fiscalía, la defensa o la querella tienen la posibilidad de recurrir sentencias, pero la Defensoría de Menores no lo podía hacer. “Era como una figura decorativa”, graficó. Interpretó que con el fallo de la Corte eso cambia.
El fallo al que accedió “Río Negro” indica que en junio de 2009 la Cámara Criminal Segunda absolvió por falta de pruebas a un sujeto que había sido acusado de haber violado a su hija. Los hechos ocurrieron supuestamente en 2005 cuando la víctima tenía 11 años.
La defensora de Menores e Incapaces interpuso un recurso de casación contra la sentencia absolutoria. Alegó que durante el juicio se restringieron indebidamente determinadas facultades procesales y advirtió una serie de irregularidades vinculadas al modo y término en que la sentencia fue dictada. También señaló falta de fundamentación de la absolución.
El recurso fue concendido por la Cámara Criminal Segunda y el STJ lo declaró admisible. Sin embargo, al momento de resolver los exjueces del STJ Luis Lutz y Alberto Balladini votaron por rechazarlo con sustento en la falta de legitimación de la Defensora de Menores para impugnar el fallo absolutorio.
Custet Llambi presentó un recurso extraordinario para llevar el caso a la Corte Suprema, cuya denegatoria por parte del STJ dio lugar a la queja ante el máximo tribunal del país.
La Corte Suprema señaló que el fallo del STJ “se resolvió sin sustento normativo alguno en contra de la legitimación de la Defensora de Incapaces y de Menores para recurrir una
sentencia absolutoria que, en su posición, contradecía el superior interés de la menor presunta víctima del delito contra la integridad sexual”.
A juicio de la Corte, “este proceder resulta particularmente descalificable en tanto, al resolverse de ese modo, se desatendió el principio del interés superior del niño…” El STJ deberá dictar un nuevo fallo que se ajuste a lo que dispuso la Corte y después ordenar a la Cámara Criminal Segunda de Bariloche un nuevo juicio con otros jueces, explicó la fuente judicial.
DeBariloche