La Corte ratificó la condena contra un hincha de River
NEUQUÉN (AN).- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la resolución y la condena de ocho años de prisión efectiva al joven que mató a un amigo por las bromas realizadas tras el resultado de un partido entre Boca y River. Se trata del homicidio cometido el 27 de enero de 2008 en el barrio TCI. Wálter Fernández, la víctima, se había juntado con un grupo de amigos a ver el partido que jugaron en Mar del Plata en el marco de la copa de Verano. El encuentro terminó 2 a 0 en favor de Boca resultado que no le cayó para nada bien a Lucas Guerra, el agresor, que era el único hincha de River en el grupo por lo que le hicieron varias chanzas al respecto. Entre bromas y la ingesta de alcohol Guerra comenzó a discutir con sus amigos hasta que asestó una puñalada en el pecho de Fernández. La víctima fue trasladado en una camioneta hasta el Hospital Horacio Heller donde fue abandonado en el ingreso de la guardia. Por la severidad de la lesión fue derivado al Hospital Regional Castro Rendón donde falleció en la guardia. La causa llegó a la Cámara en lo Criminal Segunda que condenó a Guerra a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de homicidio privilegiado. La querella y el fiscal no coincidieron con el fallo por lo que interpusieron un recursos de casación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ). Meses después, en octubre de 2010, la Sala Penal del TSJ hizo lugar a los recursos, casó la sentencia de Cámara y condenó a Guerra a 8 años por el delito de homicidio simple. El incremento de la pena movilizó a la defensa que interpuso un recurso extraordinario federal que fue rechazado por el TSJ. Frente a la posición del Tribunal se introdujo una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La Corte recientemente declaró inadmisible el recurso de queja interpuesto por Lucas Guerra contra la Resolución del TSJ y confirmó la condena como autor penalmente responsable del delito de homicidio simple, por lo que deberá cumplir la pena de ocho años de prisión.
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