La Corte rechazó el per saltum y sigue la cautelar

El gobierno podría recurrir, previo paso por la Cámara.

DyN

BUENOS AIRES (DyN) – La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó ayer por unanimidad el “per saltum” solicitado por el Gobierno nacional contra el fallo de la Cámara Civil y Comercial que prorrogó la medida cautelar para el Grupo Clarín en la causa por la Ley de Medios.

La resolución es de seis páginas y lleva las firmas de los siete jueces del máximo tribunal: Ricardo Lorenzetti (presidente), Elena Highton de Nolasco (vice), Carlos Fayt, Carmen Argibay, Enrique Petracchi, Raúl Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda.

“Se declara inadmisible el recurso extraordinario por salto de instancia interpuesto”, sostiene el fallo que rechazó el per saltum por considerar que no se salteó ninguna instancia judicial, sino que de la Cámara Civil y Comercial Federal se acudió directamente a la Corte.

Los magistrados recordaron que la ley habilita el per saltum para “las sentencias definitivas de primera instancia, las resoluciones equiparables a ellas en sus efectos y aquellas dictadas a título de medidas cautelares”. Dijo que “la alternativa posible es -previo necesario fallo de primera instancia ‘judicial’- el salto de la segunda, es decir la Cámara Federal”. “El presente recurso no ha sido interpuesto contra una decisión dictada por un juez de primera instancia. Ello determina su improcedencia”, sostuvieron los jueces Lorenzetti, Highton y Maqueda en su voto.

La Jefatura de Gabinete solicitó el per saltum para que la Corte se pronuncie sobre el fallo de la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal que prorrogó la cautelar que tiene frenado para el Grupo Clarín la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios.

El Gobierno sostuvo que la Cámara contradijo un fallo de la Corte en el que sostuvo que la cautelar vencía el 7 de diciembre. Zaffaroni sostuvo que “de verificarse la existencia de la contradicción invocada por la recurrente, podría importar un alzamiento de la instancia ordinaria contra decisiones firmes de esta Corte, con desconocimiento grave de la autoridad del Tribunal como máxima instancia de control de constitucionalidad”.

La Corte le abrió la puerta al Gobierno a presentar un recurso extraordinario contra el fallo de la Cámara, al señalar que “existe en el ordenamiento procesal un remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido, que fue establecido por el Congreso en el año 1863, consistente en la vía del recurso extraordinario federal”. (DyN)

Ley federal de medios


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