La Corte Suprema confirmó la cesantía de Vincenty

Dijo que la sanción de la Cámara Federal de Roca no fue arbitraria

Sonrisas de otra época: en 2004 el juez Müller daba una cordial bienvenida al cargo al secretario Vincenty.

ROCA (AR).- “De admitir los argumentos del interesado, se llegaría a la conclusión de que los jueces no pueden aplicar medidas disciplinarias a los funcionarios y empleados, porque nunca son terceros ajenos a los problemas que investigan dentro de su propio tribunal”. Con ese argumento central la Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó esta semana la exoneración del ex secretario de la Cámara Federal de Roca, Juan Luis Vincenty. El abogado, cabe recordar, había sido desplazado de su cargo luego de tomar parte como querellante en una causa penal iniciada contra uno de sus jefes inmediatos, el juez de Cámara Carlos Müller. En aquella causa, que finalmente resultó archivada, Vincenty se consideró víctima del supuesto delito de falso testimonio que le achacó al magistrado, a raíz de que éste había declarado en su contra en una imputación que afrontó el ex secretario por proporcionar un fallo del tribunal a la prensa, causa que también se archivó con sobreseimiento. Vincenty pidió la intervención de la Corte Suprema “para que se deje sin efecto la sanción de cesantía”, por considerarla arbitraria y dispuesta por los jueces Müller y su par Ricardo Barreiro, a quienes consideró “interesados” en el conflicto y por lo tanto carentes de imparcialidad. El máximo tribunal del país, que a la vez tiene la función de dirimir conflictos internos del Poder Judicial de la Nación, falló el pasado 8 de junio contra el ex secretario. Los jueces de la Corte Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Carmen Argibay, resolvieron que “si la conducta de un funcionario judicial es susceptible objetivamente de justificar la desconfianza de los superiores en lo atinente a su corrección en la prestación del servicio, la separación del cargo no es arbitraria”. También dijeron que “la confianza es un requisito esencial para el cumplimiento de la labor judicial en forma armónica”, ratificando así el argumento central que habían utilizado los jueces de la Cámara para cesantear a Vincenty: la pérdida de confianza y la violación, por parte del ex secretario, de su obligación de mantener la “conducta irreprochable” que exige el Reglamento para la Justicia Nacional. La confirmación de la sanción (la más grave prevista en el orden administrativo) llegó porque la Corte decidió “no hacer lugar a la avocación solicitada”. Consideró que “corresponden a las Cámaras las facultades disciplinarias sobre sus funcionarios y empleados” y que la intervención de la Corte “sólo procede en casos de manifiesta extralimitación o arbitrariedad”, extremos que “no se configuran en el presente caso”.


Sonrisas de otra época: en 2004 el juez Müller daba una cordial bienvenida al cargo al secretario Vincenty.

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