La Defensoría cuestiona la nueva concesión del peaje

NEUQUÉN (AN).- Según interpretó la Defensoría del Pueblo de Neuquén, la extensión hasta el 2025 de la concesión para operar el peaje sobre Ruta 7 no es una prórroga sino un nuevo contrato, por lo que el acto podría carecer de toda validez. La evaluación consta en la resolución 386 del organismo, que en 40 páginas de análisis reclamó la intervención de la Justicia y del Tribunal de Cuentas para recorrer el camino inverso que siguió la Ejecutivo provincial para entregar la explotación de las cabinas a la firma Corredores Viales del Neuquén. El argumento del defensor Juan José Dutto, quien en menos de 15 días recibió 186 reclamos individuales de reclamos contra la prórroga en el cobro del peaje sobre la ruta que va de Neuquén a Centenario, consiste en que el contrato “podría carecer de validez jurídica”. El análisis de la Defensoría parte de que “la concesión original a Caminos del Comahue se extinguía con el vencimiento del contrato”, en 2011, y “no contemplaba prórroga alguna”. “Con el vencimiento del contrato, las obras y las áreas de servicio debían ser restituidas al dominio público y en estas condiciones, el traspaso de la concesión de Caminos del Comahue a la nueva empresa hasta el 2025 no sería viable”, se argumentó en el texto. Al convalidar la cesión entre las empresas mediante el decreto 953/2010, el gobierno provincial habría violado la ley 1.820 -que regula las concesiones-, el pliego de condiciones de la licitación y el contrato que en 1993 otorgó la explotación del corredor a la empresa Caminos del Comahue. Dutto opinó además que el ámbito para resolver el problema es en la Legislatura, ya que son los diputados quienes están facultados constitucionalmente “para proteger los derechos de los usuarios”. Es en el Poder Legislativo donde el tema está en discusión y en donde el próximo martes el Poder Ejecutivo deberá explicar los términos del contrato. La Defensoría sostiene que la prórroga de la concesión es en realidad un nuevo contrato, en tanto que modifica cuestiones sustanciales como los plazos, la modalidad de la concesión y la tarifa. Respecto de este punto, sentenció que “el aumento del 260 por ciento” que se estipuló “es confiscatorio”, ya que “no se demostraron mayores costos ni una variación de la situación económica financiera del contrato”. A partir del estudio del expediente, se determinó que “el único fundamento es el traslado a los usuarios de la deuda de Caminos del Comahue.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios