La intervención del Central para desalentar al “rulo”: de qué se trata esa bicicleta financiera

«Hecha la ley, hecha la trampa», reza el dicho popular.

Al igual que sucede cuando intenta interrumpirse un curso de agua que surca la pendiente de una ladera, los capitales siguen fluyendo, e intentan encontrar la forma de saltar el obstáculo.

En efecto, así sucede cada vez que se imponen restricciones al mercado de capitales. Los operadores encuentran diferentes resquicios legales para hacer correr el dinero, y en muchos casos, generan mecanismos que ofrecen altas rentabilidades en un corto plazo de tiempo.

Tal es el caso del dólar «rulo», una modalidad que se hizo popular tras el regreso del cepo cambiario establecido por el gobierno el primer día del mes de septiembre.

La modalidad es sencilla. Una persona adquiere dólares utilizando los pesos que tiene en su cuenta bancaria. Con esos dólares compra un bono argentino que cotiza en dólares (la estrella de las operaciones en las últimas dos semanas fue el Bonar 2024). Para «cerrar el rulo», vende el bono recibiendo nuevamente pesos.

La bicicleta llegó a ofrecer ganancias diarias en pesos de entre el 5% y el 7% en las últimas dos semanas.

En la jornada de ayer, el Banco Central tomó nota y decidió intervenir. El mecanismo genera una cotización paralela al tipo de cambio oficial, conocido como «Dólar MEP», que en los últimos días operó en torno a los $62. Pero la preocupación de las autoridades es, principalmente, que la modalidad implicaba el incremento de la demanda de divisas de las personas físicas, que desde el regreso del cepo, pueden comprar hasta u$s 10.000 mensuales.

La intención de la entidad dirigida por Guido Sandleris, es incrementar el riesgo de este tipo de operación, que consiste en una grieta legal del sistema. Para ello, se promulgó la circular A6780, que obliga a las personas físicas que adquieran dólares en el mercado cambiario oficial, a firmar una declaración jurada que los obliga a esperar cinco días hábiles antes de aplicar las divisas a la compra de un bono.

La normativa establece además que, “cuando el monto operado por estos conceptos supere el equivalente de US$ 1.000 mensuales en el conjunto de entidades autorizadas a operar en cambios, la operación deberá cursarse con débito a cuentas en entidades financieras locales”. Este último requisito, que obliga a depositar los pesos resultantes en una cuenta bancaria, facilita el cruce de datos y control por parte de la Afip.

Dada la volatilidad que muestra hoy el mercado, la medida implica un incremento del riesgo para quien decida arbitrar sus tenencias con la utilización del rulo.

En la jornada de ayer, se especulaba además con la posibilidad de que la Comisión Nacional de Valores complementara la circular del Banco Central con la obligación de esperar 72 Hs. antes de poder vender los bonos adquiridos. De concretarse la restricción, ello incrementaría todavía más la incertidumbre de la operatoria. Esperar tres días para poder cerrar el «rulo», podría implicar que la cotización del bono en cuestión sea muy diferente, lo que hace incierta la posibilidad de concretar las ganancias.

Desde el Banco Central comunicaron que la intención es desincentivar la modalidad, y que se espera un menor flujo de dólar «rulo» a partir de la intervención. 


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios