La sindicalización policial (II), Por Rosana Süther19-11-03

En la provincia del Neuquén se produjeron dos huelgas policiales de envergadura que este diario registró minuciosamente en los años 1984 y 1987. La primera manifestación se realizó en medio de intensas nevadas, en la que esposas de policías neuquinos, en huelga de hambre, desfilaron por las calles de Neuquén en demanda de mejoras salariales.

Días después se produjo un masivo autoacuartelamiento que tuvo en vilo a toda la provincia y que devino en la denominada «Declaración de principios de los policías autoacuartelados».

Este documento rezaba: «Por las vías correspondientes a nuestros superiores habíamos solicitado, hace aproximadamente dos meses, que intercedieran ante el gobierno para que otorgaran un aumento a nuestros salarios. Las respuestas del gobierno fueron negativas. Nos informaron que se solidarizaban con nuestro pedido, pero que la culpa era de Nación. Nos instigaron a tomar una determinación drástica con el objeto de hacer ver a la Nación que realmente la provincia estaba pasando por una etapa difícil. No somos títeres de nadie. No se juega con el hambre de nuestra familia. Nos sugirieron que simuláramos un autoacuartelamiento, pero como no nos prestamos a ese juego, ciertos integrantes de nuestra plana mayor, que fueron los instigadores directos, ahora nos atacan, pretendiendo dar una mala imagen de una policía a la cual ellos pertenecen y que debieran defender, o por lo menos callar. Por ello no sólo solicitamos una reivindicación de nuestros salarios, sino una depuración en sus filas superiores, para que ésta empiece a ser una policía dentro de los parámetros de la Constitución nacional y provincial. Defendemos la democracia, no queremos ser usados, nos comprometemos formalmente a tomar idéntica medida en caso de golpe de Estado para defender la democracia. Somos una policía apolítica; nuestro último enemigo es el delincuente, sea amigo del gobierno o no. Que toda investigación que realizamos, no sea frenada por algún interés extrajurídico. Somos una policía sana, necesitamos una conducción sana; queremos desterrar la amoralidad de nuestras filas; rechazamos jefaturas comprometidas con procesos antidemocráticos. Rechazamos la doctrina de seguridad nacional. No fuimos, ni somos, ni seremos torturadores. Nos preocupa la seguridad de la comunidad, sin distinción de clases. Somos conscientes de que existe una imagen anti-policial por hechos y situaciones provocados por una conducción insertada en la doctrina del Proceso. Exigiremos nuestras justas reivindicaciones salariales, porque además de obligaciones y deberes, tenemos derechos. Creemos en Dios, defendemos la verdad a través de la Justicia».

Esta primera huelga se resolvió gracias a la mediación de la Legislatura provincial y el Poder Ejecutivo desplazó la plana mayor en funciones y ascendió un nuevo grupo de oficiales, entre los que se encuentra el actual jefe de la Policía de la Provincia del Neuquén.

La segunda huelga se produjo en 1987, pero con un final distinto: fueron cesanteados 138 policías y esto fue posible debido a la aprobación de leyes que contemplan la Obediencia Debida y que generó un intenso debate en el seno de la Legislatura por considerarla «antilegal y antijurídica». La Policía, al constituirse en el brazo armado del Estado, impregnado de políticas verticalistas y anti-representativas, carecía y carece de derechos sindicales que hubieran determinado una resolución del conflicto policial menos represiva y más democrática.

La «Joven oficialidad autoacuartelada», portadora de valores éticos, desapareció o se recicló: ocupa lugares estratégicos actualmente en la estructura policial, y muchos recién han vuelto en 1992 con el «Perdón administrativo policial» otorgado por el gobernador Jorge Sobisch en su primer mandato, por lo que su silencio es síntoma de relaciones de poder encarnadas bajo su uniforme. Muchos callaron porque «no querían destapar la olla» sobre la «etapa negra de la Policía», tal cual la definía un comisario en funciones. Para los agentes policiales encuestados, es impensable la creación del sindicato policial sin la «mano protectora» de la Legislatura.

Sofía Tiscornia, especialista en violencia institucional, afirma que «nosotros sabemos muy poco sobre la cultura de la policía. Un primer paso es dedicarle tiempo a conocer los reglamentos internos y las normas de jerarquía que organizan el trabajo policial, que son las que realmente actúan, incidiendo mucho más que lo que establece la Constitución, mucho más que los principios generales».

La ley orgánica que regía en 1984 a la Policía del Neuquén pertenecía al año 1970, gestada en el marco de la Revolución Argentina. La representación del personal correspondía a las vías jerárquicas: «Es función del jefe de Policía adoptar decisiones y gestionar del Poder Ejecutivo -cuando se excedan sus facultades- las medidas tendientes al mejoramiento de los servicios y de la situación del personal».

La ley 1.612 del 12 de julio de 1985 introdujo en la legislación medidas contra la «acción directa», es decir, mantener huelgas y producir reclamos como trabajadores, endureciendo las penas.

En la ley orgánica Nº 2.081 del 30 de setiembre de 1994, la figura representativa encarnada en el jefe de Policía desapareció y se volvió más amplia y ambigua: «Requerir al Poder Ejecutivo los auxilios y colaboraciones que considere necesarios para el ejercicio pleno de la función policial».

En el decreto 695/98 del 12 de marzo de 1998 del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial se consideran como faltas gravísimas a la disciplina: la insubordinación con vías de hecho contra un superior, provocar la insubordinación o instigar a ella; las vías de hecho, injurias, agravios, amenazas o desafíos entre iguales; injuriar, agredir u ofender verbalmente o por escrito a un superior; la insubordinación por desconocimiento de las atribuciones de sus mandos naturales; negarse ostensiblemente al cumplimiento de una orden directa cuando su cumplimiento ponga en peligro bienes, personas o afecte el prestigio institucional; peticionar en forma colectiva; adoptar, participar o instigar a cometer huelga, desobediencia colectiva, manifestación o cualquier otro medio de acción directa que de cualquier modo implique el incumplimiento de funciones policiales o el menoscabo a la investidura policial».

Y en la última modificatoria, ley Nº 2.293 del 21 de diciembre de 1999, permanece sin cambios positivos, por lo que la posibilidad de peticionar en forma colectiva, entre otros derechos de cualquier trabajador, desaparece finalmente de las leyes orgánicas que rigen la institución policial provincial.

Los conflictos no desaparecen. El secretismo en relación con la huelga policial es un indicio de que todos tienen algo que decir. Las constantes modificatorias legales a los estatutos policiales y leyes orgánicas también son un indicio de que cada vez se necesita una policía más amoldada y encorsetada que no se descubra a sí misma sindicalizada. Pero de eso no se habla, por miedo, fundamentalmente. Y el miedo es al desamparo de tipo social, político y económico: en definitiva, el miedo de todo trabajador.

La sindicalización policial debe pensarse como un fruto relativamente tardío de la democracia y como una precondición para su consolidación y supervivencia.

El Sindicato Profesional de Policías de Madrid y la Unión Federal de Policías de la Unión Europea (1999) afirman que los sindicatos en general y los de los policías en particular, son garantes del respeto de los principios que fundamentan un Estado de Derecho. Por lo que todo obstáculo al sindicalismo, toda negación de este derecho, hoy inalienable, constituye una flagrante demostración de vulnerar la democracia.

 

(*) Profesora en Historia


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