“Las denuncias no se traducen en el desbaratamiento de redes”

Entrevista con una de las máximas referentes de la lucha contra la trata de personas, Mercedes Assorati, quien brindará una serie de charlas en Choele Choel, General Roca y Neuquén.

Mes de la Lucha contra la Trata y el Tráfico de Personas

En el mes de la Lucha contra la Trata y el Tráfico de Personas, el Centro de Derechos Humanos del Comahue por medio del Programa Nacional Red Anti-trata de Personas, y el Blog Hijas Hijas de Eva, organizaron una serie de charlas con una de las máximas referentes del delito de Trata de Personas en Argentina, Mercedes, Assorati, quien disertará el día 7 de septiembre en Choele Choel y General Roca, y el 8 lo hará en Neuquén. Antes de su visita al Alto Valle, “Río Negro” entrevistó a Assorati, coordinadora del Programa Esclavitud Cero de la Fundación El Otro.

– La Trata pasó, en pocos años, a ser el negocio ilegal global más rentable y en paralelo hay más denuncia, más conciencia del delito. ¿A qué obedece esto?

-La Trata de personas, que es una forma eufemística para denominar a la moderna esclavitud se ha ido expandiendo de manera vertiginosa en los últimos 5 años en todo el mundo. De acuerdo a la OIT, en 2005 se colocaba como el tercer delito del crimen organizado por recaudación ilegal en el mundo. En el 2009 la Unión Europea reconoció que la trata ya constituía el primer delito del crimen organizado por recaudación ilegal en Europa y también república Dominicana reconocía que es el delito número uno dicho país.

Es cierto que se han hecho campañas de información pública que hay mayor conciencia pública respecto de la trata de personas en todo el mundo, incluyendo Latinoamérica. Sin embargo, el negocio sigue creciendo de manera geométrica ya que no somos eficientes en su persecución penal. En una palabra, si bien hay más denuncias -particularmente de parte de las organizaciones de la sociedad civil- y se producen, al menos en Argentina, más allanamientos, los mismos no se traducen en desbaratamiento de redes. Las investigaciones fallan ya que no llegan al vértice de las estructura de la Red mafiosa que gerencia este negocio. Las mismas quedan en los regentes de prostíbulos, en los talleristas, que son eslabones intercambiables y fácilmente reemplazables de la Red. Hasta el momento no hay ningún gran tratante condenado así como, llamativamente, no hay ningún funcionario público preso por este delito.

– Para que exista el delito tiene que haber cómplices dentro de las estructuras lícitas…

– Para que se produzca la trata es necesario que exista, al menos, una omisión por parte del Estado. En un gran número de casos, existe una acción directa de funcionarios públicos corruptos que facilitan y hasta forman parte de las redes de trata. Por ello parece increíble que no haya ningún funcionario público preso por la comisión de este delito. Ello está marcando una falencia en las investigaciones que culmina en la impunidad y favorece el continuo desarrollo de la trata de seres humanos en el país.

– ¿Cómo es la situación hoy en Argentina?

-Las últimas cifras hechas públicas por la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las personas damnificadas por el Delito de Trata de Personas informa que desde la sanción de la ley (abril de 2008) hasta Agosto de 2010 se han producido 590 allanamientos, se han liberado 921 víctimas y se han detenido 583 personas.

Es difícil analizar las cifras que se proporcionan por cuanto no se indica cuántos de los detenidos fueron procesados, ni cuántos condenados, ni se discrimina cuántos de ellos son funcionarios públicos. En cuanto a las víctimas rescatadas, no se informa que tipo de asistencia se les ha brindado ni por cuánto tiempo, ni cuántas fueron retornadas a sus lugares de origen, ni cuántas se han beneficiado con programas que faciliten su reinserción social, ni se informa sobre seguimiento alguno a dichas víctimas una vez retornadas.

-¿Cómo ayudan las organizaciones? ¿asisten cuando el Estado no lo hace?

– Nuestra organización ha recibido requerimientos de asistencia desde distintas provincias para víctimas que estuvieron a cargo de la Oficina de Rescate y, posteriormente, fueron retornadas en un corto tiempo (entre 4 días y 7 días) a sus lugares de origen. Las víctimas solicitaban asistencia para alimentación y tratamientos médicos ya que habían sido abandonadas a su suerte. También hemos recibido requerimientos de asistencia para pagar las deudas a las redes de trata de personas, lo que indica que a posteriori de dichos retornos rápidos, las víctimas han continuado recibiendo amenazas por parte de los tratantes y no cuentan con protección. Creemos que el negocio de la trata de personas o esclavitud ha continuado creciendo y consolidándose en el país merced a una situación de impunidad en este tipo de causas, impunidad que no puede sortearse fácilmente sin una reforma legal. Existe trata en prácticamente todas las provincias Argentinas y, también, existe trata internacional, particularmente desde Bolivia y Paraguay hacia la República Argentina.

-En Río Negro se denunció la connivencia de policías con tratantes ¿estos se ve en todo el país?

-La titular de la Oficina de Rescate reconoce que existe connivencia entre las policías locales y los tratantes, dicha connivencia compromete la responsabilidad del Estado Argentino y permite que la situación de la trata en el país configure una situación de violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos. Es irrelevante que el órgano o funcionario haya procedido en violación de la ley o fuera del ámbito de su competencia. Si actúa aprovechándose de los medios o poderes de que dispone por su carácter oficial como órgano o funcionario o, en el caso de un particular si actúa con el conocimiento o la acquiescencia del Estado compromete la responsabilidad de éste.

– La Ley de Trata se está modificando en Argentina en estos momentos ¿podrías explicar cuáles son los cambios que se esperan ?

-Más de 400 integrantes de organizaciones de la sociedad civil se reunieron en el mes de mayo de 2010, en oportunidad del Primer Congreso del Interior contra la Trata de Personas en la ciudad de Villa María, Córdoba y, luego de analizar la situación de la trata, emitieron la Declaración de Villa María en la cual constataron: El fracaso de las políticas de Estado para enfrentar el problema de la trata de personas, basándose en la comprobación de la ineficacia e inadecuación de la ley 26.364; la corrupción institucional generalizada que involucra tanto a altos jefes de las fuerzas de seguridad, como a funcionarios del poder político y judicial; la desprotección fáctica de las víctimas de la trata de personas; la existencia de un patrón de ataques sistemáticos a los defensores/as de derechos humanos que trabajan contra la trata de personas en Argentina. En función de esta constatación solicitaron al Congreso de la Nación una reunión urgente y la modificación legislativa como primer punto para encarar una política pública seria de combate contra el crimen organizado y la trata de personas y la asistencia y protección de las víctimas. Se logró un acuerdo parlamentario con Diputados y Diputadas de todos los partidos políticos en torno a los siguientes puntos:

1) Reformar la legislación para adecuarla a todos los compromisos internacionales.

2) Cumpliendo los compromisos internacionales asumidos, definimos que al momento de tipificar este delito, el consentimiento o asentimiento de la víctima a la trata de personas es jurídicamente inválido. Los Derechos Humanos no sólo son inalienables e intransferibles sino también irrenunciables.

3) Acordamos incluir en la ley un programa nacional autárquico que incluya la prevención, investigación, asistencia integral de las víctimas, administración de justicia y garantía de no repetición.

4) Teniendo en cuenta que la esclavitud y trata de personas implica una privación de la libertad total o parcial de carácter más grave que el secuestro, consideramos que la pena de estos delitos debe ser superior a la establecida en el art. 142 bis y sus agravantes.

5) La edad de la víctimas de ninguna manera puede exculpar la responsabilidad del autor.

6) Para combatir la trata de personas resulta indispensable el trabajo conjunto y la comunicación entre Estados y la Sociedad Civil. Así ha quedado demostrado y lo ha entendido ONU en otros temas, como la conferencia de las partes y el Protocolo facultativo de la Convención contra la Tortura, delito -este último- vinculado a la Trata de personas.

– Hace días salió un dictamen en Diputados que fue muy bien recibido por las ONGs que trabajan con esta problemática.

-El pasado 26 de Agosto se aprobó finalmente en Diputado un dictamen conjunto por mayoría de las Comisiones de Legislación Penal y Mujer que cubre todos los puntos solicitados por las organizaciones de la sociedad civil. Fundamentalmente se destierra el concepto del “consentimiento” de la víctima y se elimina la diferencia entre mayores y menores de edad; se aumentan las penas, se crea un Comité contra la Trata, entre otras modificaciones. Estamos ahora en la senda correcta para comenzar a trabajar mancomunadamente entre el Estado y la Sociedad Civil en la elaboración de una Política Pública en materia de trata de personas en Argentina. Hay algunos puntos que no nos satisfacen pero seguiremos trabajando hasta que la ley llegue a ser tratada en Plenario. Los puntos que más nos preocupan son cuatro:

1) ASISTENCIA: No se ha modificado el artículo 3 de la ley anterior, la 26.362 en lo que hace a los derechos de las víctimas, dicha ley establece que las victimas deberán recibir alojamiento apropiado, manutención, alimentación suficiente e higiene personal adecuada pero no dice por cuánto tiempo ni en qué condiciones por lo que, en principio y tal como explicamos más arriba, la asistencia que están recibiendo las víctimas es mínima y no asegura la no repetición de las violaciones sufridas. La ley también habla del derecho de las víctimas al retorno pero nada dice de la posibilidad de no retornar, de permanecer en el lugar de explotación o de reubicarse en un tercer lugar.Tampoco establece la ley 26.364 la obligación del Estado de aplicar medidas destinadas a prever la recuperación social de las víctimas de la trata, incluyendo oportunidades de empleo, educación y capacitación, según establece el Protocolo de Palermo.

2) PERSECUCIÓN PENAL: Las organizaciones estábamos solicitando la creación de una oficina multifuerzas con participación de áreas de derechos humanos y del Poder Judicial para reemplazar a las actuales divisiones de trata de personas

3) COMITÉ: La ley crea un Comité contra la Trata pero el mismo sigue dependiendo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, responsable del fracaso de la política pública hasta el momento; no incorpora a las ONGs sino como miembros de un Comité Asesor junto a los Gobiernos Provinciales

4) MONITOREO: No establece un sistema de monitoreo de la acción del Estado que, en principio, habíamos propuesto que desarrollara la Defensoría del Pueblo de la Nación, con el acompañamiento y asistencia de las ONGs.

Por Susana Yappert

sy@fruticulturasur.com


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